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  • Consulta : 531
  • Autor : CyC Abogados
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  • Autor
    Respuesta No: 700

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Tiene que presentar el recurso administrativo ante la propia CFE o en su caso la queja ante Profeco, y de la resolucion de cualquiera de ellos procede el juicio de nulidad ante el TFJFA.

    Recuerde que ante Profeco para que proceda la suspension en el cobro durante el proceso y evite le corten el servicio tendra que garantizar el pago.

    Saludos cordiales.