- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 484
- Autor : ess1969
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 42
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 662
-
Fecha de respuesta: Viernes 11 de Noviembre de 2011 15:36 2011-11-11 15:36 desde IP: 187.145.29.237
Saludos.
¿Que sucede cuando una ley no prevee determinada situación?
Pués la misma ley te da la respuesta:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
"Artículo 13. Serán supletorias de esta Ley y de las demás disposiciones que de ella se deriven, en lo
que corresponda, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código
Federal de Procedimientos Civiles.
Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 79 de la presente Ley."
Que tengas buena tarde.
-
Autor