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  • Consulta : 484
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 658

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Lic, ESS1969.

    La formal queja en contra de los servidores públicos, ya se ingreso ante la Sedesol. esto con el fin de "meter un calambre " ( fué lo primero que pensé) , a los arquitectos, les puse hasta de lo que se iban a morir,  apercibiendolos con denunciarlos ante la Secretaría de la Función Pública, y solicite que se dejaran a salvo los derechos de mi cliente, para denunciar penalmente a los funcionaros públicos y demandarles en todo caso , por la vía civil el pago de daños y perjucios, así las cosas, me contestaron , negando todo. Ya que la propia dependencia resuelve, es juez y parte ( no cuento lo antecedentes, por que es mucho para usted ) , se llegó una audiencia, en donde me los comí,  y solicite dejaran a salvo mis derechos, por lo que toca al actuar de los servidores públicos, y nada más veía como a los arquitectos, se hacían chiquitos en su silla, total, llegamos al acuerdo en donde  se manifestó que la Dependencia pagaría las estimaciones, pero lo incumplieron, y para colmo se atrevesó el puente de día de muertos, es por ello, que pensamos ingresar la estimación por oficialía de partes, más la planilla de gastos no recuperables.

    Le comento, que el Delegado, está de nuestro lado, pero como es un maestro rural, no sabe, y en este puente, andaba apoyando la campaña de Cordero, si es toda una mafía. Pero , ya tengo preparada la denuncia ante la Función Pública y ante la PGR, como última opción, en contra de los servidores públicos, por sus omisiones, pero es una fiesta.

     

    Yo creo, que con mi acuse de recibo, de la oficialía de partes, ( en dónde no me pueden inadmitir ningún ocurso ), los tendré contra la pared, y a ver como conciliamos, pero ya con el pago hecho, porque mi cliente tiene que pagar la raya, y como se le dice a un albañil que vive al día, que no hay dinero para pagarle, nos medio matan Licenciando.

    Nada de divorcios, ni de pleititos penales, aquí esta lo bueno..

    Agradezco infinitamente sus comentarios, así como los del Lic. Ochoa, quedando, desde este momento , en deuda con ustedes ( por lo menos, una comida, si les invitaré). Ya que es un tema muy poco visto, hay poca bibliografía, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y su Reglamento, es una basura, nuestra bitácora de obra , que es obligatoria para las partes, menciona !! artículos derogados!!! ma, que cosa.

     

    Quedo de Usted.

     

    Lic. E. Mecino.