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  • Consulta : 442
  • Autor : agobiado
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    Respuesta No: 610

  • agobiado
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    (Resumen de Actividades)

    Lic. Ochoa gracias por sus comentarios y desconosco la razon porque retiraron su respuesta donde me pide ciertos datos y por favor comprenda mi problematica y mi mala redaccion.

    Mi situación legal es  complicada por lo que tratare de resumir lo mas posible, en octubre de 1993 el ejidatario José Benigno Neria o (Neri) Medina le vende al Sr. Agustín Laguna G una fracción de la parcela de su propiedad ubicada en Chalco Edo. De México  otorgándole cesión de derecho ante notario publico de Chalco, misma fracción que lotifica posteriormente el Sr. Laguna, en  Abril de 2003 le compro al Sr. Laguna   un terrenode 120.00m2  otorgándome  cesión de derechos, realice el traslado de dominioel pago del impuesto predial correspondiente ante el municipio, a si mismo solicite por escrito el 8 de Mayo de 2004 la regularización y  escrituración a la COMISION PARA LA REGULARIZACION Y TENENCIA DE LA TIERRA,( CORETT) dependiente de la Secretaria de Desarollo Social del gobierno federal, petición  ignorada  ya que nunca se me informó o notifico de mi petición y mucho menos que otra persona estuviera realizando el tramite de escrituración,  posterior a mi solicitud, derivado de esto la CORETT  regularizo una superficie de 370.00m a nombre de Carlos Alain Corleti Nava donde esta incluido el de mi propiedad el Sr. Corleti inicia en junio del 2004 el tramite fecha posterior a mi solicitud, presentando a la corett un contratode compra ventadel año 1994 siendo el supuesto vendedor el ejidatario José Neri Medina siendo que este dejo de tener derechos ya que cedió los mismos en 1993 a favor del Sr. Laguna dicho contrato es toralmente falso ya que  la firma del supuesto vendedor no corresponde a esta persona  y  además las colindancias de la ubicación que presenta  el contrato era imposible que se conocieran en 1994 ya que fue hasta el año 2002 cuando se autorizo a la corett la cartografía y la nomeglatura de los lotes autorizados esto derivado del decreto expropiatorio del año 2000 por lo tanto reitero que era imposible conocer dicha ubicación en el año de 1994, en consecuencia la CORETT, ignoro mi petición violando la constitución y el propio manual de procedimientos que rigen a dicha comisión,  ya que en  el proceso de la regularización existen un sinfín de anomalías y omisiones aparte de la documentación falsa, es importante recalcar que lo anterior sirvió de base para las acciones legales emprendidas por la CORETT quedando asentado en los expedientes del juzgado.

    Derivado de esto presente una queja y fui atendido por el director  de la CORETT y con documentos y  argumentos anteriormente expuestos la  CORETT reconoció su mal actuar y determino presentarar  demanda civil para anular la escritura y además presento  denuncia penal, incomprensiblemente la CORETT dejó de dar seguimiento ya que en el juicio civil únicamente  lo presentaron  y no fue admitido por el juez ya que no presentaron copia de la escritura y  en la demanda penal solamente la presentaron y ratificaron, con esta actitud  la  corett demostró la corrupción y así  proteger a los funcionarios corruptos y sus delincuentes  cómplices influyentes.

    Dadas las circunstancias presentamos por nuestra cuenta  la  demanda civil  de nulidad de escritura, desafortunadamente  el desconocimiento de los procesos judiciales y una asesoría deficiente la demanda  que presentamos tenia varias inconsistencias de origen, ya que se demando a un finado el ejidatario siendo este el supuesto vendedor ya que también aparece con un apellido distinto,  también se incluyeron  al  Sr. Corleti,  la CORETT y el notario publico, mismos que fueron notificados, y contestaron la demanda únicamente la corett y el Sr. Corleti, en cuanto al finado se llevo a cabo el juicio sucesorio y se nombro por parte del juez de lo familiar  el albacea para representar al finado en el juicio civil de nulidad, donde dicho juez notifico que se debería demostrar que el finado era la misma persona, debido a lo complejo del caso  y  a  la falta resultados y de recursos económicos  nos vimos imposibilitados de continuar, hace un mes me entere que el expediente lo enviaron al archivo causando caducidad.

    De acuerdo a lo anterior quisiera saber realmente si en la vía civil se puede volver a reclamar la nulidad de la escritura  o  que otra acción puedo llevar a cabo.

     Por otra parte en la vía  administrativame han sugerido interponer el juicio de responsabilidad patrimonial del estado, para obtener una indemnización por los daños y perjuicios por la actuación irregular de CORETT.

     Esperando me  pueda ayudar con sus comentarios,  muchas gracias