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AutorRespuesta No: 554
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Julio de 2011 20:37 2011-07-06 20:37 desde IP: 201.110.82.124
Con copia de la sentencia y auto de ejecutoriedad acuda a las dependencias y a las areas que correspondan para que se decumplimiento a lo ordenado por la sala, este tramite a veces es mas engorroso que el juicio mismo y dependera de su paciencia y habilidad para ejecutar.
Recuerde que la partida presupuestal para devoluciones es muy limitada y por tanto habra que hacer fila para esperar turno.
Ante el incumplimiento debera acudir a queja y seguir el procedimiento establecido en la LFPCA CAPÍTULO IX Del Cumplimiento de la Sentencia
Saludos cordiales.
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