Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 374
  • Autor : CyC Abogados
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 341
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 536

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Las autoridades responsables son aquellas que ordenaron y/o ejecutaron el acto que va a impugnar, luego  entonces si Profecto es la unica autoridad que actuo, sera solo a ella a quien debera demandar, precisando el acto que les atribuye perfectamende descrito. Pero sila secretaria de finanzas actuo como ejecutora debera demandarlos tambien.

    No me queda claro si interpuso el procedimiento administrativo ante Profecto y ante ellos garantizo, o si garantizo para acudir al tribunal federal, si es el primer caso haga mencion en su escrito inicial y exhiba toda la documentacion con la que cuente, y narre, redacte, exponga que el credito ya esta garantizado debidamente con un billete de deposito y que solicita que al pronunciarla sentencia la sala resuelva en consecuencia, respecto a esta medida.

    Es decir en su escrito inicial redactelo y si la sentencia sale favorable a usted una vez que este firme, solicite le sea devuelta la garantia otorgada, a efecto de que la Secretaria de Finanzas haga la devolucion respectiva.

    Por otro lado Finanzas seria autoridad responsable unicamente si usted pago la multa por ese concepto, es decir si esta autoridad actuo como ejecutora y el documento que le extendieron fue el recibo respectivo. Haga el estudio respectivo de las constancias con las que cuenta y con ello podra determinar quien es autoridad responsable.

    Si estamos en este caso, que a usted lo multan y acude a pagar a finanzas entonces si debera demandarlos para que proceda la devolucion.

    Como usted podra apreciar hay dos supuestos y todo dependera de en que calidad haya usted realizado el pago, 1) pago la multa tacitamente o 2) pago como garantia, esto sera determinante para saber como entablara su demanda.

    Salvo la mejor opinion de los excelsos abogados que en este foro aportan.

    Saludos cordiales.