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  • Consulta : 333
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 495

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Primero; se quivocó de sala, esta sala es para consultas en materia administrativa, Segundo, no existe la herencia en vida, eso es una aberración jurídica o leyenda urbanojurídica (se llama donación) ahora que si me dice que la donación fue en vida, le diré que una donación en muerte no hay Ministro que se la tumbe. siempre y cuendo pueda demostrar que el difunto hizo una donación en el más allá, hasta el Ministro, si no se infarta sale corriendo.

    En cuanto a la diferencia del legado y la herencia, debe hacer esa pregunta en la pestaña de tareas, no en la de consultas y menos de la Sala Adminsitrativa.

    No hay impuestos por legados o herencias, lo que se paga es el impuesto por traslado de dominio, esa es la pregunta mas cercana a este foro y por eso la contesto.