Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 316
  • Autor : CyC Abogados
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 341
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 474

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Una copia certificada por un fedatario publico tiene la misma validez que un "original" Dado que estos "funcionarios" cuentan con fe publica, es decir se presume cierto los datos y manifestaciones que realizan, luego entonces, este documento debe de ser suficiente para poder realizar la compraventa que pretende.

    Ademas cuando ustedes acudan con el notario que decidan, para formalizar la operacion y hacer la protocolizacion este debera de revisar que toda la documentacion este en orden y claro que el inmueble este registrado a nombre d equien este la escritura que exhibe y que no tenga gravamenes, adeudos etc.

    Asi que el que usted tenga una copia certificada no es limitante para que realice la compraventa, el notario no se prestara para hacer alguna "cochinada" ya que esta de por medio su patente, el velara (en la mayoria de los casos) por los intereses de ambas partes.

    Asi que le recomiendo que junto con sus posibles compradores acudan con el notario que quieran exponganle la situacion presentenle los documentos que tienen y el les dara el mejor consejo a efecto de que esten tranquilos y seguras todas las partes.

    Salvo la mejor opinion de los excelsos abogados que en este foro aportan.

    Saludos cordiales.