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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Abril de 2011 00:16 2011-04-13 00:16 desde IP: 189.216.136.71
Si son bienes mancomundos, sí le pueden embargar el 50% de los bienes de su esposa, es decir, de la sociedad conyugal, y el 100% de los bienes de usted, equivalentes al 50% de esa sociedad conyugal.
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