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AutorRespuesta No: 416
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Marzo de 2011 20:22 2011-03-25 20:22 desde IP: 189.216.196.82
Sí la puede impuganar, pero difícilmente la podrá ganar. Si hay un requerimiento previo que fue ignorado o bien fue atendido pero posterior a un requerimiento formal, es obvio que procede la multa, además de que le están aplicando la mínima. Sólo un abogado fiscalista, no coyote, no contador, no tinterillo, no usurpador, buscando angún error en la notificación pudiera lograr la nulidad.
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