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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Marzo de 2011 16:38 2011-03-19 16:38 desde IP: 189.181.165.33
Lo que se impugnan son los actos administrativos, por tanto puede combatir la imposicion de un credito fiscal, pero hay que conocer exactamente que fue lo que lo origino, una obligacion tributaria, una omision de pago, una multa, etc.
Por tanto usted puede combatir el procedimiento de notificacion, el Pae (si le ejecutan) el credito mismo, entro otros y estos los podra impugnar de manera conjunta o separada segun sea el caso.
Pero su consulta es muy escueta y no se le puede dar una opinion adecuada ya que faltan factores que valorar. pero en terminos generales la respuesta a su consulta es SI.
Saludos cordiales.
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