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  • Consulta : 245
  • Autor : HallamQQ
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    Respuesta No: 393

  • HallamQQ
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Saludos. Sobre el tiempo para que le contesten, ya le hablaron en la respuesta anterior. Como también se señala en dicha respuesta, sería conveniente que explicara qué clase de peticiones son las que le interesa que le contesten, si se trata de solicitudes de información, trámites administrativos, permisos o licencias, un recurso o aclaración, etc.

    Como ya le epxlicaron, existe la "negativa ficta" y en términos simples consite en que, presentado su escrito y transcurrido el plazo de tres meses sin que le contesten, nace automáticamente un acto ficticio de la autoridad, que tiene todos los efectos de un "no" formulado expresamente. Frente a esta negativa, si Ud. considera que tenía el derecho a que le respondieran "sí", autorizándole o concediéndole lo que solicita, puede acudir inmediatamente ante los tribunales -asesorado por un abogado- para presentar su demanda, con la cual emplazarán a la autoridad para que ésta conteste y una vez que lo haga (justificando su negativa ficta) el tribunal decida si efectivamente tenía Ud. derecho a lo que solicitó.

    Pero lo anterior no debe confundirse con el derecho de petición mismo, el derecho a que le contesten expresamente y por escrito sobre todo lo que Ud. pida respetuosamente, también por escrito. Este derecho no tiene excepciones. La autoridad no tiene derecho a dejar que las peticiones "se vayan por la negativa ficta", como acostumbran decir. No puede decidir si contesta o no, debe contestar siempre y si no lo hace, se le obliga a hacerlo, promoviendo un juicio de amparo por violación directa al derecho de petición. Entonces, independientemente de la negativa ficta, si lo que más le interesa es obtener una respuesta directa y fundamentada por parte de la autoridad (como cuando se formuló una consulta) puede promover un juicio de amparo muy sencillo (aún así, asesorado por un abogado) y una vez que se resuelva favorablemente, el juez obligará a la autoridad a notificarle una respuesta expresa, congruente con lo que Ud. solicitó, aunque sin ir más allá que constatar que efectivamente le hayan contestado. La legalidad o ilegalidad de lo que le contestaron, igualmente tendría que pelearla en un juicio.