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  • Consulta : 24
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 37

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Saludos BONY en efecto tumbando la notificación de la resolución que se está desconociendo, la misma se tilda de ilegal y se deja sin efectos, claro que no está por demás hacer valer más agravios que en el caso de los pasajeros, atacar el método de valoración (que es por lo que se caen esas resoluciones porque la aduana siempre mete la pata) para reforzar dicha ilegalidad, pero estoy de acuerdo contigo que lo esencial es acreditar que el acta de notificación y con eso, el SAT puede decir Misa pero la resolución es nula de pleno Derecho.

    Me dió gusto saludarte, hasta luego.