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AutorRespuesta No: 378
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Febrero de 2011 11:00 2011-02-25 11:00 desde IP: 201.110.60.68
Aclaracion y disculpa, me quede con la ultima parte de su narracion y deje de observar que su consulta se refiere a una intervencion a cuentas bancarias y eso origina el juicio contencioso.
Razon por lo que la ultima parte de mi respuesta queda literalmente sin materia, ya que ha sido satisfecha al volver a leer, a eso me refiero cuando le pregunto que criterio o que expone el Juzgado de Dto. al sobreseer y por que la Sala del TFJFA señala que la queja esta sin materia.
Saludos cordiales.
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