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  • Consulta : 184
  • Autor : Cornelius
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  • Autor
    Respuesta No: 1127

  • Cornelius
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Dudo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa haya omitido pronunciarse de una petición que se haya formulado en la Demanda de Nulidad, no obstante ello, otorgo el beneficio de la duda, es decir, se realizó la petición en la Demanda pero el Tribunal omitió resolver en la Sentencia y ha transcurrido en exceso el plazo para impugnar la misma, haría lo siguiente:

    Formularía una Solicitud por escrito al ISSSTE y le pediría que el pago de la pensión recalculada y actualizada conforme a la Sentencia del Tribunal (que no impugnaste) SEA CONSIDERADA PARA EL PAGO RETROACTIVO DE LOS ULTIMOS DIEZ AÑOS, obviamente, la autoridad te va a negar dicha solicitud, pero tu podras impugnarla nuevamente ante dicho Tribunal, y no puede alegarse cosa juzgada si el Tribunal no se ha pronunciado al respecto; no obstante ello, te comento desde ahora, que el ISSSTE pedirá la    p r e s c r i p c i ó n      de tu derecho al pago retroactivo, es decir, no te van a dar los diez años que pides, todo dependerá de los actos y reclamos que hayan realizado en los últimos años.

     

     

     

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