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  • Consulta : 174
  • Autor : oropeza fiscal
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  • Autor
    Respuesta No: 288

  • oropeza fiscal
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

     A sabed, un inspector en ningún momento puede clausurarte en la primer visita, salvo que sea un caso de un "giro negro", y que evidentemente se este cometiendo un delito, y con el apoyo de SEGURIDAD PÚBLICA, de otra forma se tiene que apegar a lo que DICE LA LEY   (por el giro que tienes), y si la ley no dice que procede la clausura inmediata, estos "servidores públicos", tienen que (aparte de llegar identificándose, contar con las ordenes de visita vigentes y en horarios dados por ley, y la HOJA DE DERECHOS) llevar a cabo la visita redactando sucintamente las omisiones y llevarla a su SUPERIOR JERARQUICO, para que el área calificadora, dependiente de jurídico y gobierno, y previo derecho de audiencia, se proceda a la clausura, para lo que en el momento de la clausura los visitadores debidamente identificados y con las ORDENES DE CLAUSURA debidamente requisitadas se entienda con alguien del local y proceda a al clausura suponiendo que si hay resistencia se auxilie de Seguridad Pública, de otra forma NO PUEDEN, no hay que obviar lo que la gente no sabe "ochoa donis sc"

     

    por lo que le recomiendo JroblesR;  primero que acuda con un abogado especialista para ubicar a su local en el correcto jurídico y lo asesoren bien, ejemplo: si solo da el servicio de internet y copias no incluya la palabra café por creer que todos los prestadores del servicio de Internet son "café internet" ya que incluir la palabra "café" se entiende que dentro de su local prepara alimentos y eso ante el municipio o delegación implica otro tipo de giro y por lo tanto otros requisitos y el simple hecho de tener "alimentos preparados" puede ser la diferencia sustancial en tener una licencia que es diferentes a permisos para el funcionamiento o aviso de apertura y reflejado en costos es enorme la diferencia por que la simple firma de un RO (responsable de obra) por manejar vapor o caldera y esto ser un riesgo para el cliente contar con un programa de protección civil, y mínimo del RO son 5 mil pesos

     

    espero esto sea de ayuda atte Oropeza_fiscal