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  • Consulta : 140
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 253

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es correcto, Usted puede promover un amparo a efecto de que le concedan la suspensión y poder realizar su actividad. Pero si no cuenta con la supensión lo seguirán retirando de la vía pública. Es inconstitucional lo que la Suprema Corte determine como inconstitucional, no las presunciones.