Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 130
  • Autor : HallamQQ
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 10
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 249

  • HallamQQ
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Saludos. Las empleadas domésticas no se afilian en el régimen obligatorio, salvo mediante convenio celebrado con el IMSS (se llama incorporación voluntaria al régimen obligatorio) e incluye los mismos seguros. La ley dice que se paga este convenio en  anualidades adelantadas, pero cuando acuda al IMSS podrá solicitar pagar en parcialidades. Se cotiza de manera muy similar a un trabajador normal.

    En cuanto al mensajero, lo puede dar de alta con el mínimo, si eso gana. Tome en cuenta que existen salarios mínimos profesionales y es incorrecto afiliar trabajadores que aparecen en ese tabulador con el mínimo general. En este caso, un mensajero puede percibir el mínimo y prestaciones de ley sin problemas; pero si también es chofer, es recomendable un salario un 50% superior al mínimo.

    En cuanto a los requisitos para darse de alta como patrón, consulte la página del IMSS; es mucho más gráfica y clara de lo que le podría explicar aquí. Igualmente tendrá que acudir junto con sus empleadas domésticas para celebrar el convenio que le mencionaba, siendo legal que Ud. se comprometa a cubrir el costo del seguro por ellas. Mensualmente le llegará una propuesta de determinación elaborada por el Instituto, que es la manera más sencilla de pagar.