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AARTICULO 149 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

  • Consulta : 286211
  • Autor : JUSTA VICTORIA
  • Publicado : Viernes 23 de Agosto de 2019 15:04
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,614
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  • Autor
    Consulta

  • JUSTA VICTORIA
    ESTUDIANTE

    UN PROCEDE LA PRORROGA POR MATERIA, EN UN JUICIO ORDINARIO CIVIL, EN DONDE LA ACTORA (Y COHEREDERA UNIVERSAL) SOLICITA AL JUEZ DE LO CIVIL RESTITUCION Y ENTREGA DE UN INMUEBLE QUE ES PARTE DE LA MASA HEREDITARIA Y SE ENCUENTRA EN PODER DE LA CODEMANDADA Y A LA VEZ TAMBIEN COHEREDERA UNIVERSAL, DE CUYA SUCESION TESTAMENTARIA YA TIENE CONOCIMIENTO UN JUEZ DE LO FAMILIAR CON ANTERIORIDAD Y SE ENCUENTRA EN LA ETAPA PROCESAL DE INVENTARIOS Y AVALUOS?, ES DECIR SERA EL JUEZ DE LO FAMILIAR QUIEN DEBA ATRAER EL JUICIO ORDINARIO CIVIL?, GRACIAS POR SU OPINION.

     

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