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INCUMPLIMIENTO DE PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 279513
  • Autor : tapilu0408_NR
  • Publicado : Miércoles 06 de Abril de 2016 10:13 desde la IP: 189.163.222.11
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,498
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  • Autor
    Consulta

  • tapilu0408_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato
    buenos dias, Gracias de antemano por su apoyo y me dirijo a usted para hacer consulta de mi situación. Le comento que tengo tres años viviendo con mi pareja el es divorciado pero el año pasado tuvo demanda penal por parte de su ex esposa donde ella solicito se le pagara la pensión alimenticia ya que el nunca le apoyo económicamente (se separaron hace mas de 8 años y el nunca cumplió). Se le obligo a dar 400.00 pesos cada semana y 1000 pesos mensuales para empezar a liquidar el adeudo anterior y si comenzó a darlos pero el no tiene un trabajo fijo es pintor por lo que solo es en temporadas. Yo tengo mi casa que estoy pagando por medio de infonavit y todo lo que tengo lo adquirí antes de que el fuera a vivir a mi casa tengo 3 hijas y le comento que ya le llego un aviso para ver porque no ha cumplido con lo establecido y el fue ayer a los juzgados donde le dicen que podría sufrir un embargo. Todo lo que tengo lo adquirí hace ya varios años pero no tengo manera de comprobar que son míos.... aun así pueden embargar mi casa? Gracias por sus comentarios,

     

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  • Autor
    Respuesta No: 388017

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tu casa no la pueden embargar porque no es propiedad del deudor alimentario. Para esto, ten a la mano copia de tus escrituras y si algún día llegaren a querer embargar la propiedad, le exhibes al actuario copia de tus escrituras y este actuario se debe de abstener de embargar la propiedad. Para el caso de los bienes muebles, tienes que allegarte de facturas, porque sólo con estas documentales puedes comprobar la propiedad de los bienes muebles.



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