Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

MUCHAS GRACIAS POR SU ORIENTACION

  • Consulta : 279058
  • Autor : rojast_NR
  • Publicado : Viernes 12 de Febrero de 2016 19:10 desde la IP: 201.141.213.157
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • rojast_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Buenas noches respetables foristas y abogados, el motivo de correo es pedir su profesional orientación respecto de lo siguiente: Hace tres años me divorcie de mi esposa aquí en el d.f., ella lo demando, dentro del proceso del divorcio me decretaron pensión para mi hija la cual se ha venido cumpliendo desde hace tres años, dentro del mismo convenio se estableció un régimen de visitas, para poder ver a mi hija de 10 años, es el caso que desde el mes de julio del 2015 mi ex no me ha permito ver a mi hija, hice informes al al juzgado sobre esta situación, pero debido a que mi ex ya no vive en el domicilio por que lo renta, fue difícil poder notificarla, pero finalmente apenas en días pasados se llevo a cabo la notificación debido a que se encontraba pintando el departamento para volver a rentarlo, mi pregunta consiste en que pasa si la señora no contesta la prevención del juez en el sentido de que informe el cumplimiento que ha dado a las convivencias, lo cual evidentemente no ha dado, y sigo cumpliendo con mi pensión, en la prevención hay multa por 2000 en caso de no contestar, pero temo que no lo vaya hacer, se le dieron 5 días, me han comentado que es muy difícil, pero la verdad disculparan pero desconozco, no conozco de leyes y trabajo como vendedor de una embotelladora y no tengo dinero para poder pagar los honorarios de un abogado, por eso la molestia que les efectuó de saber que puedo hacer en caso de que la señora no conteste la prevención, debo volver a insistir?, se le debe de aplicar otra multa?, o que me podrían recomendar en base su respetable experiencia, la convivencia quedo establecida en el convenio de divorcio al igual que la pensión, el régimen de visitas estaba en el domicilio donde ahora ella renta y por obvias razones ella no me ha facilitado el nuevo domicilio para que no busque a mi hija. Muchísimas Gracias!! por la orientación que me puedan dar sobre mi problema o duda y disculpen la molestia. GRACIAS.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 387368

  • murillo86
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas tardes, en relación a la consulta y con la información que has proporcionado, lo que te puedo comentar es que vas por el camino adecuado, ya que se recomienda seguir las vías de apremio conducentes a la falta del cumplimiento de una sentencia, como en este caso es el hecho de que no se han llevado a cabo los días de convivencia en los términos que se estipularon en la resolución, ahora se hace la aclaración que si se realizan estos medios de apremio y si la mujer sigue sin respetar lo acordado por el juzgador, esto no quiere decir que las cosas quedarán hasta ahí y no se podrá hacer nada, en el caso de que se siga presentando el supuesto del incumplimiento de la madre, te dará las “armas” para iniciar un procedimiento en contra de ésta en el cual solicites la guarda custodia de los menores, si bien es cierto que ya existe una sentencia la cual resuelve esta situación también lo es el hecho de que no se está llevando a cabo lo estipulado en dicha sentencia, por ende se ESTÁN BULNERANDO LO DERECHOS DE LOS MENORES, que es por donde debes de guiar tus pretensiones, más que el hecho de que se han dañado tus derechos los cuales no digo que dejes de hacer mención, pero EL JUZGADOR SIEMPRE VELARÁ POR LOS INTERESES DE LOS MENORES ANTES QUE LOS DE CUALQUIER OTRA PARTE, es por eso que se recomienda que se maneje por ese tenor la situación además de que esto es una verdad, ya que la situación de que la madre impida a sus hijos ver a su padre, vulnera los derechos de estos y es causante de DAÑOS PSICOLÓGICOS, además de que no está cumpliendo con sus obligaciones como la encargada de la guarda custodia y como la que ostenta la patria potestad de dicho menores, igual se te recomienda que solicites al juez la comparecencia de tus hijos para que se trate el asunto que mencionas, también se te hace la recomendación que leas los artículos 414 Bis, 416 Bis, 416 Ter, 417, y resaltando el párrafo VI del artículo 447, del código civil para el D., F., para que te orientes un poco más, algo que si es muy importante, NUNCA DEJES DE CUMPLIR CON TUS OBLIGACIONES independiente mente si la madre de los niños cumple con las suyas o no, para esto es mejor un trato personal con un abogado de tu confianza para un mejor asesoramiento, me pongo a tus órdenes para lo que se te ofrezca. LIC. Murillo Lara Eduardo Alejandro



  • Autor
    Respuesta No: 387380

  • SOLUCIONES20
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    También es importante que si tu ex pareja da contestación a la vista, seguramente lo va a negar y va a decir que tú jámas te has presentado, si el Juez decreta alguna otra diligencia o una audiencia, tú solicita por escrito que la señora porporcione nuevo domicilio para oír y recibir notificaciones personales, en virtud de lo que comentaste de que ya no viive ahi y que la encontraste por casualidad, narra como fué lo de la notificación, independientemente de lo que ocurra, espera a que llegue otro día de la visita y obviamente no vas a ver a tu hija, nuevamente promueve ante el Juzgado y esta vez pide que la entrega recepción se lleva a cabo en un Juzgado Cívico para que se de fe si la Señora efectivamente lleva a la menor o no, y una vez demostrado que no esta cumpliendo con el régimen decretado promueve en la vía de apremio el cumplimiento de ese convenio, y te la tiene que dejar ver a fuerzas, incluso te pueden autorizar el rompimiento de cerraduras y que vayas acompañado del actuario del Juzgado y de la Fuerza pública. Mira, definitivamente aqui es como tu le des impulso a tu asunto, si lo dejas así serás de esa larga lista interminable de padres que no pueden ver a sus hijos; pero si te vas hasta el final seguro que no tendrás problemas, así tu ex pareja se vaya a china. Todo esto con independencia de lo que ya te comentó el forista que me antecedió. Saludos



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión