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DIVORCIO ADMINISTRATIVO
- Consulta : 273156
- Autor : jose.alejandropm_NR
- Publicado : Lunes 03 de Agosto de 2015 17:59 desde la IP: 189.250.254.67
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,606
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 03 de Agosto de 2015
Estado de Referencia: Veracruz
Buenas tardes un servidor se caso por el régimen de sociedad conyugal el matrimonio duro cerca de dos años en el cual no procreamos hijos Ni bien inmueble alguno mi pregunta si me puedo divorcióar por la vía Administrativa y como Dr Y como dar fin a la sociedad conyugal algun formato que me recomienden pues mi e pareja le urge el divorcio muchas gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 383812
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Agosto de 2015 18:16 2015-08-03 18:16 desde IP: 189.234.196.145
Buenas tardes.
El divorcio administrativo es muy simple..., puesto que se realiza ante el propio Oficial del registro civil...
Solo necesitan la liquidacion de la sociedad conyugal, la cual debe de ser de acuerdo a ustedes que pasara con el inmueble (si es que lo hay) y es al 50% o bien con el menaje de casa o que todo se venda y se divida por partes iguales, asi como de cualqueir otro bien que tengan...
Les presento un formato del Estado de Queretaro, aunque desconozco si sea el mismo para el Estado de Veracruz.
saludos.
OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL
DE **************.
PRESENTE.
**************** y ****************, por nuestro propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en **************, número ***** de la Colonia *******, en esta ciudad, ante Usted, con el debido respeto, comparecemos para manifestar y exponer:
Que por medio del presente ocurso, venimos a solicitar la disolución del vínculo matrimonial que nos une mediante el procedimiento de DIVORCIO ADMINISTRATIVO establecido en los artículos **** y *** del Código Civil para el Estado. Fundando nuestra solicitud en los siguientes hechos:
HECHOS.
1. Como lo acreditamos con la copia certificada del acta de matrimonio expedida por el Oficial del Registro Civil del Municipio de ***********., los suscritos contrajimos matrimonio civil el día 30 de noviembre de 2001, documental que adjuntamos a la presente como ANEXO 1.
2. El contrato de matrimonio descrito en el hecho que antecede se sujetó al régimen de *****************, tal como se acredita con la copia certificada del acta de matrimonio referida.
3. Los suscritos hemos convenido en disolver nuestro matrimonio bajo el procedimiento que ahora nos ocupa.
4. De igual forma los suscritos hacemos de su conocimiento de su Señoría que desde el día 13 de febrero del año en curso, dejamos de cohabitar en el mismo domicilio, ya que de común acuerdo decidimos vivir separados, esto debido a la incompatibilidad de caracteres.
5. La suscrita manifiesto no encontrarme en estado de gravidez, tal como lo acredito con el certificado que anexo a la presente demanda.
6. Bajo protesta de decir verdad los comparecientes manifestamos que durante nuestro matrimonio, en ningún momento constituimos patrimonio de familia alguno.
7. Expresando que en nuestro matrimonio no procreamos hijos.
Se funda lo anterior en los artículos ***, *** y demás correlativos y aplicables del Código Civil para el Estado de Querétaro.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted Oficial, atentamente pedimos se sirva:
PRIIMERO.- Tenernos por presentado en los términos de este ocurso, solicitando la disolución del vínculo matrimonial que nos une; mediante el procedimiento de Divorcio Administrativo.
SEGUNDO.- Señalar fecha en los términos del artículo *** del Código Civil para que tenga verificativo la ratificación del presente escrito.
TERCERO.- En el momento procesal oportuno, declarar el divorcio entre los suscritos.
En términos del artículo ***, último párrafo del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro, que cita: Las partes, en sus primeros escritos, deberán manifestar que se conducen y se conducirán con verdad durante el procedimiento, haciéndose sabedores de las sanciones que señalan este Código y el Código Penal del Estado de Querétaro, para el caso de hacerlo con falsedad, en este acto Protestamos conducirnos con verdad.
PROTESTAMOS HABERNOS CONDUCIDO CON VERDAD.
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Autor
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AutorRespuesta No: 383824
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Agosto de 2015 22:48 2015-08-03 22:48 desde IP: 187.201.139.190
CONSULTANTE jose.alejandropm_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Espero que la siguiente información jurídica respecto al tema de DIVORCIO VOLUNTARIO O ADMINISTRATIVO, le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular:
border="0" cellpadding="0" cellspacing="5" style="width:100.0%;" width="100%">DIVORCIO ADMINISTRATIVO
¿En qué consiste?
Trámite que consiste en otorgar el divorcio administrativo a las parejas que por mutuo acuerdo deseen disolver el vínculo matrimonial, siempre y cuando sean mayores de edad, no hubieran procreado hijos, tengan más de un año de casados y el régimen patrimonial sea separación de bienes o liquiden la sociedad conyugal si bajo ese régimen se casaron.
¿A quién está dirigido?
Parejas que pretendan disolver su vínculo matrimonial.
¿Cuáles son las áreas de atención?
Oficina Central del Registro Civil de la Ciudad de México.
Arcos de Belén No. 19 esq. Dr. Andrade Col. Doctores Del. Cuauhtémoc C.P. 06720 México, D.F.
Atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas
Teléfono: 55 78 71 40 y 57 09 30 61.
En todos los Juzgados del Registro Civil del Distrito Federal de 8:00 a 15:00 horas
"//tramitesyservicios.df.gob/wb/TyS/directorio_de_juzgados_del_registro_civil">Consultar Directorio
¿Cuáles son los requisitos?
1. Solicitud debidamente requisitada.
2. Copia certificada del acta de matrimonio de reciente expedición (menor a un año).
3. Declaración por escrito, bajo protesta de decir verdad, de no haber procreado hijos durante el matrimonio, o teniéndolos, sean mayores de edad y no sean acreedores alimentarios, comprobando de manera fehaciente dicha circunstancia.
4. Manifestación expresa y bajo protesta de decir verdad, que la divorciante no está embarazada, o constancia médica que acredite que ha sido sometida a intervención quirúrgica que la imposibilite definitivamente para procrear hijos.
5. Comprobante del domicilio declarado por los divorciantes; menor de seis meses.
6. Convenio de liquidación de la sociedad conyugal si bajo ese régimen se casaron, efectuado ante autoridad jurisdiccional competente o Notario Público.
En el caso, de que los solicitantes no hayan obtenido bienes, derechos, cargas u obligaciones susceptibles de liquidación lo manifestarán bajo protesta de decir verdad, bastará con su manifestación firmada y ratificada ante el Juez.
7. En su caso, documento público mediante el cual se acredite la personalidad del o los mandatarios.
8. Identificación oficial vigente de los interesados.
9. Recibo de pago de derechos correspondiente.
10. Tratándose de extranjeros, deberá presentar certificación de su legal estancia en el país expedida por la Secretaría de Gobernación, y que sus condiciones y calidad migratoria les permita realizar el divorcio administrativo.
¿Cuál es el formato requerido?
"//tramitesyservicios.df.gob/work/sites/TyS/resources/LocalContent/636/4/RC02Divorcioadministrativo.pdf">RC-02
"//tramitesyservicios.df.gob/work/sites/TyS/resources/LocalContent/636/4/RC03Divorcioadministrativo.pdf">RC-03
¿Cuál es el tiempo de respuesta o realización del servicio?
Inmediato
¿Cuál es el costo?
Establecido en el artículo 216 fracción V del Código Fiscal del Distrito Federal.
ARTÍCULO 216.- Por los servicios que preste el Registro Civil se pagarán derechos conforme las cuotas que a continuación se establecen:
V.-Por el divorcio a que se refiere el artículo 272 del Código Civil para el Distrito Federal.- $944.00
¿Cuál es el beneficio o resultado?
Acta de divorcio administrativo.
¿Dónde se reportan las quejas o sugerencias?
HONESTEL con número telefónico 55 33 55 33.
¿Cuál es el fundamento jurídico?
- Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 35.
- Código Civil para el Distrito Federal.- Artículos 115 y 272.
- Código Fiscal del Distrito Federal.- Artículo 216 fracción V.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 29.
- Reglamento del Registro Civil.- Artículos 76, 77, 78, 79, 80, 81 y 82.
¿Cuál es el procedimiento?
1. El interesado o su representante acude a la oficina del Juzgado o a la oficina central del Registro Civil, o bien realiza llamada al Centro de Atención Telefónica 91 79 67 00 solicitando requisitos para la realización de su trámite.
2. Una vez que el solicitante reúne los requisitos y documentación, se presenta en la oficina del Registro Civil, a solicitar el trámite.
3. En la oficina reciben y revisan su documentación si esta completa y correcta, registran en Libro de Gobierno la solicitud, entregan al usuario el Acta correspondiente.
¿Cuál es la vigencia?
Indefinida.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
MORALES Y CIA ABOGADOS
Oficina: (01 55) 6596-9751
Celular: (044) 55-5296-1158
WEB: w w w . m o r a l e s y c i a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: m o r a l e s y c i a . c o n t a c t o a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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