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BUEN DIA

  • Consulta : 272336
  • Autor : optcarlos.gov_NR
  • Publicado : Martes 21 de Julio de 2015 10:19 desde la IP: 187.207.84.173
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,500
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  • Autor
    Consulta

  • optcarlos.gov_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buen dia.

    tengo una duda en mi trabajo no contamos con seguro social el patron nos descuenta nuestras faltas por visitas al medico aunque se le lleve la receta y mucho menos nos apoya con los medicamentos y no toma en cuenta la indicacion del medico. en este caso a que esta obligado el patron y vual es su responsabilidad

     

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  • Autor
    Respuesta No: 383262

  • AmbientalVargas
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Tu patrón está obligado a darlos de alta ante el IMSS, el debe de pagar los gastos que generé un doctor particular, pero el unico que te puede extender una incapacidad es el IMSS, por lo que te sugiero que acudas al IMSS para denunciar la omisión de tu patrón y su evidente evasión fiscal.

     

    Si llegaras a tener un accidente de trabajo, te sugiero acudas al IMSS para que el Patron se haga cargo de todos esos gastos y las incapacidades sean válidas.

    Cuado hay una incapacidad por enfermedad general, el IMSS después de la tercer incapacidad te paga el 60% de los demás dìas, y tu patrón queda eximido de está responsabilidad, entonces, si no tienes seguro, nadie te pagará.



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