- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
DUDA EN LO QUE CORRESPONDE A PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 269341
- Autor : americogtz_NR
- Publicado : Viernes 19 de Junio de 2015 15:00 desde la IP: 187.188.134.42
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,487
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 19 de Junio de 2015
Estado de Referencia: Nuevo León
Buenas tardes.
Tengo 9 años de casado, y un año de estar separado de mi esposa por motivos de infidelidad de su parte, y he descubierto que sigue haciendolo, por lo que quiero divorciarme con la intencion de rehacer mi vida, actualmente pago la casa por medio de infonavit, y le doy para los niños, ademas de pagar los recibos, y salidas frecuentes. Si quiero rehacer mi vida la verdad no me alcanza entre casa pension y gastos, hasta donde llegan mis responsabilidades legales, tomando en cuenta que ella trabaja en negocio propio y factura mensualmente un ingreso, que hasta ahora toma practicamente para sus gastos, y yo sigo corriendo con el resto de las cosas. ahora bien, tambien se tiene una casa que se adquirio al inicio de matrimonio con el infonavit de ella, pero la rento, y no la esta pagando. Por favor, quisiera su asesoria, ya que creo que ha sido una situacion ventajosa, ya que me procupo por mis hijos, pero no puedo rehacer mi vida si tendo tanto compromiso.
Gracias de Antemano.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 381895
-
Fecha de respuesta: Viernes 19 de Junio de 2015 17:48 2015-06-19 17:48 desde IP: 187.176.101.171
La información que usted proporciona, es vaga e imprecisa, ya que si bien es cierto indica que usted se encuentra pagando el crédito del Infonavit; le da a su cónyuger para los niños; paga los recibos y salidas frecuentes, es insuficiente para determinar, de acuerdo a su salario y prestaciones ordinarias y extraordinarias, si esos gastos están o no dentro delos parámetros de proporcionalidad que establece el Código Civil.
En cuanto a que su cónyuge tenga un negocio propio y del mismo obtenga ingresos, no disminuye la obligación que tiene usted de contibuir al sostenimiento de sus hijos, ya que es obligación de ambos padres hacerlo, pero le repito, enproporción a sus posibilidades.
Por lo que hace a la conducta de infidelidad que usted le atribuye, igualmente no señala en qué consiste y porqué lo sostiene, lo que no permite establecer si efectivamente su cónyuge incurre o no en adulterio como causal para promover el divorcio necesario.
Lo que requiere es asistirse de un abogado a quien le proporcione información más amplia, y acorde a la que se requiere para poder orientarle respecto la acción o acciones pertinentes que debe tomar.
-
Autor