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DIVORCIO MUTUO ACUERDO

  • Consulta : 266269
  • Autor : itzacampanita_NR
  • Publicado : Miércoles 20 de Mayo de 2015 13:26 desde la IP: 148.202.253.190
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,484
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  • Autor
    Consulta

  • itzacampanita_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    buenas tardes mi duda es que llevo 3 meses de casada y 6 de embarazo, aun en mi situacion podemos terminar nuestra relacion civil, en primera yo sigo viviendo en mi casa y el en la suya me da muy poco dinero (800 por quincena)  y no quiere ponerme un hogar ni se esta haciendo responsable. Para el y sus gustos si tiene dinero pero para mi no. 

     

    espero me respondan yo no quiero estar con el no me da la trnaquilidad en mi embarazo son puros problemas .

    gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 380132

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Por lo que narra no hay causal para la nulidad del matrimonio, por lo que deberá esperar un año desde la fecha en que se casaron para poder demandar el divorcio ya sea voluntario o necesario. Administrativo imposible.



  • Autor
    Respuesta No: 380134

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Aun con la escasa información que proporcioina, podría diferir de lo que, con el debido respeto, señala el Licenciado Ochoa.

    Parto del hecho que señala que su cónyuge, con independencia de que no haya hecho esfuerzo alguno porque quede constituida lamorada conyugal, ern la que ambos tengan iguales derechos y obligaciones y cumplan con los fines del matrimonio, menciona que, encontrándose usted gestando, solamente le proporciona $ 800.00 quincenales para su sostenimiento, cuando él destina la mayor parte de sus ingresos en satisfacer sus gustos y/o necesidades.

    Obviamente y a reserva de que se contara con mayor información respecto los ingresos que obtiene su cónyuge, podría configurarse la causal de divorcio necesario prevista por el artículo 404, fracción XIII, que consiste en la negativa injustificada a dar alimentos al otro cónyuge, sin necesidad de que exista requerimiento ni sentencia judicial relativa a la reclamación de los mismos.

    Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar de su localidad, y proporciónele toda la información que le requiera a efecto que analice si se integra o no dicha causal de divorcio o alguna otra, de forma que no tenga necesidad de esperar a cumplir un año de casada para que pueda promover el divorcio, pues tratándose del necesario, no es necesario que espere ese plazo, pudiendo hacerlo antes de que se cumpla.



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