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INCAPACIDADES
- Consulta : 257746
- Autor : yvette.perera_NR
- Publicado : Jueves 26 de Febrero de 2015 20:09 desde la IP: 189.254.105.130
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,486
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 26 de Febrero de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 375289
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Febrero de 2015 22:17 2015-02-26 22:17 desde IP: 189.217.145.228
La Prima de Riesgo de Trabajo se determina con los accidentes ocurridos dentro de la empresa ya que los de tránsito y de enfermedad general no entran en el cálculo, por lo que debe de contar con los formatos de riesgo de trabajo las incapacidades correspondientes y la alta de riesgo.
El IMSS emite una incapacidad y dos copias, una para el patrón y otra el IMSS y el original el trabajador quien éste a su vez la cambia por dinero en efectivo.
Si cuenta con los datos del trabajador y los días de incapacidad, como es la hoja de riesgo y la alta, solicite se certifique una copia de la incapacidad que queda en poder el IMSS o de la que regresa el banco cuando la paga.
Saludos
Lic. y M.D. Ariel Reyes
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