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MERCANTIL
- Consulta : 246556
- Autor : lic_anabelramos_NR
- Publicado : Miércoles 29 de Octubre de 2014 17:46 desde la IP: 189.234.214.58
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,483
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 29 de Octubre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 369171
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Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Octubre de 2014 18:44 2014-10-29 18:44 desde IP: 189.211.135.22
Si, si se puede.
Si la hipoteca se encuentra incrita en el Registro Público, solamente da un derecho peferente para garantizar su pago con el inmuele, o el producto de éste en caso de una venta judicial, y el remanente, si lo haya, se destinará a pagar a otros acreedores en el orden de prelación que les corresponda.
Me extraña que, ostentándose como licenciado, no sepa esas cuestiones tan elementales.
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