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DEMANDA POR DESPIDO INJUSTIFICADO

  • Consulta : 244175
  • Autor : alejandra_900922_NR
  • Publicado : Martes 07 de Octubre de 2014 11:16 desde la IP: 200.78.182.41
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,497
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  • Autor
    Consulta

  • alejandra_900922_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    BUENOS DIAS NECESITO AYDA Y ASESORIA... TENGO UNA PANADERIA Y UN MUCHACHO ME AYUDABA A REPARTIR EL PRODUCTO POR LA CIUDAD, HACE DESDE 1 MES DEJO DE IR A TRABAJAR, LO QUE PASA ES QUE ME ESTA PERDIENDO MUCHOS CLIENTES Y NO ESTABAN SALIENDO BIEN LAS CUENTAS, POR QUE LO MEJOR LO METI A TRABAJAR EN LA PRODUCCION PERO A ESTE CHAVO NO LE GUSTO HACER PAN POR LO CUAL DEJO DE IR A TRABAJAR... SIEMPRE SE LE PAGARON LOS SUELOS, VACACIONES, AGUINALDO, AUNQUE HA DECIR VERDAD NO TENGO NINGUN COMPROBANTE DE QUE RECIBIO ESTAS PRESTACIONES, EL CHAVO ME DEMANDO POR DESPIDO INJUSTIFICADO, PERO NO SE QUE HACER NI COMO ACTUAR SEGUN EL SU FINIQUITO DEBE DE SER DE $20,000, PERO PUES NO SE ME HACE JUSTO POR QUE SOLO LE DEBERIA CORRESPONDER PARTE DE AGUINALDO, VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL YA QUE NO SE LE QUEDO A DEBER SUELDO, POR OTRA PARTE ESTE CHAVO ME DEJABA BOTADO EL TRABAJO SIN JUSTIFICACION NI SE TOMABA LA MOLESTIA DE AVISAR E INCLUSO TOMABA BEBIDAS ALCOHOLICAS CUANDO ESTABA TRABAJANDO, NO TENGO NADA DOCUMENTOS FIRMANDO POR EL, PERO SI TENGO TESTIGOS DE TRABAJADORES Y CLIENTES, QUE TENGO QUE HACER NECESITO AYUDAR POR FAVOR 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 367339

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted lo contrató para que se desempeñara como repartidor de su establecimiento, al cambiarle el puesto y exigírle que a partir de determinada fecha se dedicara a la elaboración del pan, usted modificó unilateralmente las condiciones laborales que regían esa relación, lo que equivale a un despido; por tal razón es porque lo demandó.

    Y lo que le está reclamando, no son sueldos, sino la indemnización constitucional a que tiene derecho por haber sido despedido injustificadamente, así como la prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y demás prestaciones que le reclama.

    Lo que debe hacer es contratar a un abogado especialista en Derecho Laboral a fin de que, asociado de usted y con los documentos con que se acredite la personalidad de ambos, ya suya como demandado y propietario del establecimiento, y la de él como su apoderado jurídico especial y profesionista del Derecho, comparezcan a la audiencia de conciliación y demanda y excepciones, y vez la forma de llegar a un acuerdo con el trabajador para dar por terminada la relación laboral mediante el pago de una liqudiación que, no debe ser inferior al 70% de lo que legalmente le corresponde; ello le evitará el riesgo de perder el juicio, considerando que no cuenta con los documentos que la Ley Federal del Trabajo exige que usted conserve y presente en el juicio, lo que además provocará que también lo condenen a pagarle lo que le demandó más los salarios caídos hasta por un año, y si en ese tiempo no ha terminado el juicio o usted no ha dado cumplimiento al pago a que lo condenen, también a un interés mensuakl del 2% sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario, intereses que son capitalizables.

    Y la próxima vez que piense modificar las condiciones laborales a un trabajador o despedirlo, antes de que lo haga solicite asesoría legal, pues le saldrá más barato pagar los honorarios del abogado que lo asista, que correr con las consecuencias del caso que ahora le preocupa.



  • Autor
    Respuesta No: 367340

  • PANADERIA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ESTOY DE ACUERDO CON LO QUE DICE, PERO  ESTE CHAVO NO SOLO TENIA QUE REPARTIR SI NO AYUDAR DENTRO DE LA PRODUCCION CUANDO SE LE PIDIERA HACERLO, NO HAY COMO MEJORAR LA SITUACION PORQUE TODO ESTA CONTRA EL PATRON, Y LO QUE HIZO EL TRABAJADOR DE FALTAR A TRABAJAR E INCLUSIVE PERDER CLIENTES NO CUENTA DE NADA ESO ENTIENDO CON LA RESPUESTA ANTERIOR, NO SE TENIA CONTRATO. 



  • Autor
    Respuesta No: 367343

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si el trabajador en su demanda expone que era repartidor, y el patrón lo controvierte y dice que también tenía labores en el área de producción, entonces deberá exhibir el contrato de trabajo escrito en que se describan detalladamente las actidiades que tenía el empleado; y si no tiene contrato, tampoco tiene forma de demostrarlo, por lo que surte efecto en favor del trabajador la presunción de ser cierto lo que dijo en su demanda.

    Y no se trata que la Ley esté en contra del patrón, ya que ésta es imparcial; concede tanto al trabajador como al empleador derechos, pero también impone obligaciones y, en los casos en que la responsabilidad recae en el patrón, como es el caso de los documentos relativos a contrato, salario, descansos, jornada, horario, etcétera, por ser precisamente el patrón quien los tiene en su posesión, los artículos 784 y 804 de la Ley Federal del Trabajo le imponen laobligación, no solo de conservarlos, sino de exhibirlos en el juicio.

    Entonces, es la propia actitud de indolencia del patrón lo que hace que su propia conducta se ponga en su contra, y no la ley.

    Además, también debe tener en cuenta que si usted afirma que el trabajador perdió clientes, usted está obligado a demostrarlo, ya que existe un principio general de derecho que dice que, el que afirma debe probar; lo cual es lógico, ya que no se puede exigir a una persona que demuestre un hecho inexistente, como sería uno negativo.



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