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RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD
- Consulta : 241924
- Autor : Lic. Martinez
- Publicado : Lunes 15 de Septiembre de 2014 11:58 desde la IP: 189.158.2.105
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,608
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 15 de Septiembre de 2014
Buen día, Abogados:
El motivo del presente es para solicitar su apreciable opinión legal respecto a una situación que se me presentó actualmente, siendo ésta la siguiente, es el caso que una pareja se unió en matrimonio pero la pareja mujer llevaba consigo una hija menor de edad, registrada legalmente con sus apellidos de soltera, la relación duró aproximadamente 12 años, durante los cuales nunca hubo intención de ninguno de los cónyuges por que el varón reconociera a dicha menor como suya, toda vez que biológicamente pues no lo era, a últimas fechas a la cónyuge mujer le detectan cáncer, por lo que externa como una de sus últimas voluntades que el cónyuge varón reconociera legalmente como suya a su hija (ya registrada con sus apellidos) situación que se pone a consideración de la menor (15 años) pero esta no le es de su agrado el contar con el apellido de la pareja de su madre, pero como es la voluntad de su madre ya desahuciada, pues acceden tanto ella como la pareja de su madre, lo que llevan a cabo en Mayo del 2014, aun contando con vida la cónyuge mujer, por situaciones del destino ésta fallece el día 24 de agosto de este año, por lo que ahora la menor reconocida y la pareja de la ahora difunta buscan la manera de dejar sin efecto el reconocimiento del que fueron objeto ambos como respeto hacia la voluntad en vida de su madre y esposa respectivamente. La cuestión aquí es, cuál sería la vía legal más correcta para iniciar dicha acción, debería ser la de NULIDAD (pero no hubo engaño de por medio), la de DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD (pero el cónyuge varón a quien demandaría) o tal vez por medio de una JURISDICCION voluntaria mediante la cual ambos demanden del Registro Civil la cancelación del acta (nueva) y la notación realizada al acta original de la menor.
Agradezco de antemano sus valiosos comentarios y a sus órdenes.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 365700
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Septiembre de 2014 12:21 2014-09-15 12:21 desde IP: 189.163.237.197
Hola buen dia.
No debe usted perder de vista el delito que contempla el codigo penal "Delito contra la filiacion de las personas" que palabras mas palabras menos señala que se improndrá de tanto a tanto de prision y de tanto a tanto de multa a a quien impongaa un menor una filiacion que no le corresponde."
esto debe tenerlo bien presente para cuando formule la demanda para no incurrir en dicho delito....que de hecho ya se cometio por parte de la pareja de la difunta... pues al margen que sea la ultima voluntad de un moribundo, ésta no puede obligar a la comision de un delito A NADIE y si a sabiendas que él no es el padre ...lo hizo... ha incurrido ya en ese delito y por el tiempo que ha transcurrido AUN NO PRESCRIBE y seguramente será sujeto a proceso.
Que hacer entonces? ... DEMANDAR NULIDAD argumentando el engaño. Esto es... en la demanda señalar que la madre en agonia señaló en su lecho de muerte que el padre de la menor era (la actual pareja) circunstancia que escucho la reconocida y por lo cual aceptó el reconocimiento. Sin embargo y luego de la muerte de la madre... y ante la sospecha de que no hay razgos fisicos que les caracterice se hicieron una prueba de ADN y detectaron que no son padre e hija ...invocaran el engaño por parte de la difunta y conjuntamente firmarán la demanda de nulidad... en este caso se demanda al representante de la sucesión y al Oficioal o Juez del Registro Civil.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 365706
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Septiembre de 2014 13:24 2014-09-15 13:24 desde IP: 189.158.2.105
Gracias, buen aporte.
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Autor