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CAMBIO DE RéGIMEN PATRIMONIAL
- Consulta : 241878
- Autor : Claudia_guerrero_espinoza_NR
- Publicado : Domingo 14 de Septiembre de 2014 14:45 desde la IP: 201.143.49.206
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,490
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 14 de Septiembre de 2014
Estado de Referencia: Baja California
Hola, actualmente mi esposo y yo tenemos pensado divorciarnos de común acuerdo , nos casamos por el régimen de sociedad conyugal, hemos logrado sumar propiedades a lo largo de nuestro matrimonio pero pensamos que antes del divorcio sería conveniente ir al notario para hacer el cambio de nuestro regimen patrimonial a separación de bienes, mi duda es, Si esto es lo correcto, hacer este cambio ante un notario y ellos se encargan de hacer lo conveniente ante el Registro Público , si es así cuanto tiempo se lleva este proceso y en que consiste ? Y una vez teniendo esto, ya es más fácil tramitar nuestro divorcio voluntario? Muchas gracias por su atención. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 365677
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Fecha de respuesta: Domingo 14 de Septiembre de 2014 19:43 2014-09-14 19:43 desde IP: 189.234.174.28
tu abogado te explica... que hay un codigo civil... y en el mismo se señala que todo cambio es por medio de juicio... esto es... liquidar la sociedad conyugal... no veo la causa de cambiar el regimen... si en el divorcio solo deben oresentar el convenio de liquidacion de la sociedad conyugal... ratificarlo ... y pedir el divorcio voluntario...
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