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CALCULO DE LIQUIDACIóN POR DESPIDO
- Consulta : 235217
- Autor : mariu_velez_NR
- Publicado : Martes 08 de Julio de 2014 09:03 desde la IP: 201.96.234.93
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,492
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenos días, les pido ayuda para calcular mi liquidación por despido. Llevo 9 años y medio trabajando en un colegio privado, y parece que van a cerrar el área en donde yo trabajo y me van a despedir. El colegio tiene mala fama en cuanto a las liquidaciones, así que me gustaría saber más o menos lo que me correspondería por ley.
Entré a trabajar el 13 de enero del 2005. Mi sueldo diario integrado es de $736.23. En mi recibo de pago dice que el tipo de régimen es 2, el tipo de contrato es permanente, tipo de jornada 1, y antigüedad 493.
Espero su respuesta, parece que el viernes me darán la noticia.
Gracias, Ma. Eugenia Vélez
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 359198
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Julio de 2014 09:27 2014-07-08 09:27 desde IP: 189.210.253.56
Si usted es despedido injustificadamente, tiene derecho a:
3 meses de salario integrado por concepto de indemnización constitucional;
12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, prestación que se paga con un salario máximo equivalente a 2 veces el salario mínimo general del Distrito Federal;
Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios;
Parte proporcional de aguinaldo 2014
Salarios y prestaciones devengadas al momento del despido.
A partir del día siguiente al en que lo despidan, usted debe presentar su demanda antes de que transcurran 2 meses, porque si no lo hace, su derecho prescribe.
Si demanda, además de las prestaciones anteriores, podrá relamar el pago de salarios caídos hasta por 12 meses, y si en ese tiempo no ha concluído el juicio o el patrón no ha dado cumplimiento al laudo que lo condene, a partir del año a un interés del 2% mensual sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, no estudiante ni pasante, y menos coyote o tinterillo.
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