- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
HOMOLOGACIóN DE SENTENCIA DE DIVORCIO ESPAñOLA EN MéXICO
- Consulta : 230144
- Autor : kony_24_NR
- Publicado : Miércoles 21 de Mayo de 2014 11:59 desde la IP: 187.170.180.227
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,613
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 21 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes!
El motivo del presente, es ver la posibilidad de una orientación respecto a qué hacer una vez obtenido el divorcio en España. Por lo que he leído es llevar a cabo la homologación de sentencia EXTRANJERA en México, pero la cuestión es saber qué necesito, si la sentencia de divorcio española como tal o acta de divorcio, lo desconozco y bajo qué condiciones legales se requiere el documento para que surta efectos jurídicos en México. Tendría que venir apostillado ? y algún otro detalle más que requiera? Se presenta el escrito de homologación en el Tribunal Superior de Justicia del DF en materia de lo familiar? y cuánto tiempo se lleva para resolver? Me gustaría saber si pudiera orientarme al respecto y quizá si viera conveniente decirme algún costo aproximado de la homologación!!! He intentado comunicarme a un número del Lic. Luis Fernando Alós Acuña, pero me indican que no existe. No sé si algo suceda en este momento con la línea o haya cambiado de número telefónico. Muchas gracias de antemano por la atención.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 355304
-
Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Mayo de 2014 12:04 2014-05-21 12:04 desde IP: 187.208.22.1
si inscribiste tu matrimonio en mexico si es necesario acudir a la embajada o al registro civil donde te casaste para solicitar los requisitos en caso de q tu matrimonio no este registrado en mexico no necesitas hacer nada
pero debes apostillarlo en españa es mucho mas facil q hacerlo en mexico
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 355307
-
Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Mayo de 2014 12:51 2014-05-21 12:51 desde IP: 187.170.180.227
Buenas tardes, Lic. Rosa Isela!
Agradezco su amabilidad y atención por brindarme sus valiosos puntos de vista!
Cabe destacar, que el matrimonio fue celebrado en un Registro Civil en México, posteriormente, fue debidamente inscrito en el Consulado Español en México, por lo que surtió todos los efectos legales también en España.
Ahora bien, sería tener la sentencia de divorcio española debidamente apostillada y acudir directamente al Consulado Mexicano en España para hacer el trámite de la homologación? o es necesario acudir directamente a México al Tribunal Superior de Justicia del DF o al Registro Civil donde se contrajo matrimonio? Cuánto tiempo aproximadamente tarda este trámite o procedimiento y cuáles son los costos aproximados del mismo? Podría contactarla vía telefónica ? Muchas gracias !
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 355309
-
Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Mayo de 2014 13:43 2014-05-21 13:43 desde IP: 187.144.238.84
Hola
Bueno su pregunta amerita varias respuestas.
1.- Sentencia extranjera o acta de divorcio? Si le dan el acta en España...el acta de divorcio perfecto...eso le quitará muchos dolores de cabeza... solo apostille el acta y solicite en el registro civil donde se caso una INSERCION DE ACTA de divorcio extranjera y listo.
2.- Si no le entregaren acta de divorcio (lo mas seguro porque alla no esta casado) puede hacerlo de 2 formas:
a) Exhorto internacional o carta rogatoria. se solicita asi ante el tribunal español para que éste en auxilio de las labores de aquel juzgado solicite al de aqui, gire los oficios correspondientes al registro civil del DF para que proceda a realizar las anotaciones marginales correspondientes que tengan por disuelto el vinculo matrimonial que les unia.
b) traerse copias ecrtificadas de las entencia, apostilladas y solicitar una homologación de sentencia extranjera. Aqui el riesgo es que el Codigo de Procedimientos Civiles Federales contempla que debe hacerse dicho tramite via INCIDENTAL y al ser Federal tendrá que conocer un Juzgado de Distrito. El problema es que ... como señala que es via incidental...cuando comparece ante el Juzgado de Distrito, le argumentan que si es un incidente...señale usted el numero del expediente principal ya que el incidente es un apéndice del principal. y al no haber principal...no puede avanzar.
por ello... si le es posible conseguir el acta de divorcio... perfecto...apostille y solicite insercion le quitara muchos dolores de cabeza
Saludos
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 355313
-
Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Mayo de 2014 14:34 2014-05-21 14:34 desde IP: 187.170.180.227
Buenas tardes Lic. Ulloa! Agradezco su atenta y valiosa opinión. Precisamente, al leer su comentario me he quedado dudosa porque desconozco la ley Española, y no sé si por haberme casado en México, pero sí registrado mi matrimonio mexicano en el Registro Civil Central Español,y gozar en España de los derechos como conyúge de español, pudiera solicitar a petición de parte, una vez terminado el juicio y se haya decretado la sentencia de Divorcio, un acta de divorcio española o únicamente me darían copia certificada de la sentencia de divorcio. La situación me preocupa por el comentario que me ha hecho al respecto. Si de acuerdo a la ley española, tengo el derecho y es posible solicitar un acta de divorcio como tal para así posteriormente, hacer su inserción en el Registro Civil que contraje matrimonio en México. No sé si fuera tan amable de auxiliarme en esta nueva duda. Muchas gracias!
-
Autor