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DESPIDO LABORAL

  • Consulta : 229407
  • Autor : sistematico
  • Publicado : Martes 13 de Mayo de 2014 12:48 desde la IP: 189.134.138.150
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,484
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  • Autor
    Consulta

  • sistematico
    USUARIO REGISTRADO

    que tal buenos dias trabaje para una empresa en tlalnepantla estado de mexico, por un periodo de agosto del 2013 al 15 de mayo del 2014 y  cuando firme el contrato en agosto tambien me dieron a firmar la renuncia me comentaron que era necesario firmarla, el problema es que solo me quieren dar lo correspondiente a1 semana mas lo que es prima vacacional, aguinaldo ustedes me pueden informar como enfrentar esta situacion y en realidad que me correponde conforme a la ley el motivo de termino de actividad con la empresa es porque ya no hay trabajo para la actividad que desempeño

     

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  • Autor
    Respuesta No: 354713

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Al haber firmado usted la renuncia, aunque lo haya hecho desde el momento mismo de su contratación, dotó a la empresa de un documento cn elo que, si demanda por despido injustificado, podrá excepcionarse y defenderse diciendo que no lo despidieron, sino que usted, voluntariamente, dió por terminada la relación laboral al firmar la renuncia, de forma tal que esa es la razón por la que solamente la pagan las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, que son las prestaciones a las que tienen derecho los trabajadores con menos de 15 años de antigüedad, que renuncian.

    Ahora bien, si usted llega a demandar el despido injustificado y la empresa aduce que no lo hizo, sino que usted renunció, podrá, si las condiciones del escrito en que conste su firma lo permiten, objetarse y acreditarse a través de pruebas periciales que la firma fue puesta antes del texto, por lo que se aprovechó un documento firmado en blanco para simular dicha renuncia.

    Como solamente usted sabe si enel documento que firmpo existia texto p no, y en caso que lo hubiera, cuál es su redacción, lo más recomendable entonces es que acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y exponga el problema, a efecto que le asignen a un abogado de oficio y entable la demanda en contra del patrón.

    Aquí la duda que me queda, es que siendo hoy 13 de mayo de 2014, dice que trabajó hasta el 15 de mayo de este año, de donde infiero entonces que usted, al menos al día de hoy, está trabajando.



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