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DEMANDA DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD
- Consulta : 228866
- Autor : Karina Cervantes
- Publicado : Martes 06 de Mayo de 2014 14:22 desde la IP: 200.76.162.233
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,607
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 06 de Mayo de 2014
Buen día Estimados.
Solicito su valioso apoyo para que me orienten y saber que proceso debo seguir, ya que quiero cambiarle a mi hijo el apellido paterno y registrarlo como madre soltera, el no es el padre biologico y esta de acuerdo en renunciar a la paternidad.
Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 354324
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Mayo de 2014 15:56 2014-05-06 15:56 desde IP: 187.208.5.65
no se puede
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Autor
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AutorRespuesta No: 354334
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Mayo de 2014 16:12 2014-05-06 16:12 desde IP: 200.76.162.233
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Autor
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AutorRespuesta No: 354335
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Mayo de 2014 16:13 2014-05-06 16:13 desde IP: 200.76.162.233
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AutorRespuesta No: 354338
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Mayo de 2014 16:22 2014-05-06 16:22 desde IP: 187.208.5.65
porq legalmente el sr lo reconocio y esto surte efectos para toda la vida y legalmente no se puede desconocer al menor en virtud de q lo dañaria de manera pscologocia y por otra parte el reconocimiento fue voluntario nadie lo obligo razon por la cual el juez no marcaria como procedente el desconocimiento de paternidad a menos q el padre biologico peleara por su derecho a la paternidad, pero en dado caso uds dos ya cometieron un delito en contra de la filiacion y es castigado con carcel.
el sr tiene la obligaciojn de proporcionar pension alimenticia hasta q su menor hijo se case, se junte o bien cumpliendo la mayoria de edad , deje de estudiar o termine carrera tecnica o bien realizando sus estudios universitarios los concluya y un año despues despues si es q esta haciendo sus tramites de titulacion
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Autor
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AutorRespuesta No: 354339
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Mayo de 2014 16:23 2014-05-06 16:23 desde IP: 189.210.253.56
Porque para ello se necesitaría, en primer lugar, que la persona que compareció ante el Registro Civil manifestando ser el padre biológico, no lo fuera; en segundo lugar, que el verdadero padre biológico demandara a la persona que aparece como tal en el acta de nacimiento del menor, el desconocimiento de la paternidad, para lo cual tendrá que acreditar quien demanda, que dicha persona no es el padre biológico, lo que exige entonces el ofrecimiento y desahogo de una prueba pericial en materia genética, la que tiene un costo que lleva a alcanzar hasta ochenta o cien mil pesos; tercero, aún en el extremo que procediera una demanda en contra de quien figura como padre biológico de la menor sin serlo, las consecuencias de la sentencia serían que se hicieran las anotaciones correspondientes en el Registro Civil, para que constara el nombre y apelliudos del verdadero padre biológico, y no que el menor quedara registrado solamente como hijo de madre soltera.
Como ve, usted no puede hacer nada, como atinadamente se lo indicó la Licenciada Rosa Isela, a quien le envío un cordial saludo.
Por otra parte, debe pensar que si el verdadero padre biológico demanda el desconocimiento de la paternidad de la persona que aparece como tal sin serlo en el Registro Civil, entonces, usted y esa persona van a tener problemas legales muy serios, pues ambos incurrieron en la comisión de un delito en contra de la filiación y el estado civil de las personas, por ponerse de acuerdo para hacer aparecer como padre del menor a una persona que no lo es.
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