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RENUNCIA VOLUNTARIA

  • Consulta : 228385
  • Autor : jasupa11_NR
  • Publicado : Miércoles 30 de Abril de 2014 10:43 desde la IP: 187.189.20.244
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
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  • Autor
    Consulta

  • jasupa11_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    QUE CONCEPTOS ME TENDRIA QUE PAGAR EL PATRON SI RENUNCIO VOLUNTARIAMENTE Y TENGO UNA ANTIGUEDAD DE 14 AÑOS 6 MESES Y 11 DIAS DE ANTIGUEDAD

     

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  • Autor
    Respuesta No: 353953

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Únicamente las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, considerando que la prima de antigüedad, sólo se paga a los trabajadores con más de 15 años de antigüedad que renuncien voluntariamente al trabajo, tal como lo previene la fracción III, del artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo.



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