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AMPARO
- Consulta : 228098
- Autor : nr_NR
- Publicado : Domingo 27 de Abril de 2014 11:29 desde la IP: 189.217.137.214
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,612
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 27 de Abril de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
en el año 2004 me embargaron un inmueble que adquiri mediante adjudicacion, por una deuda de $ 20,000.00, no di contestacion a la demanda el juicio continuo y me condenaron a pagar el capital y los intereses moratorios que nunca pacte con el acreedor, sin embargo aparecen anotados en el rubro de interes en el pagare, puedo ampararme para aclarar que nunca acepte el pago de intereses moratorios o nombrar un perito.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 353821
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Abril de 2014 11:32 2014-04-27 11:32 desde IP: 189.193.111.240
Buenos dias
Desafortundamente no se puede amparar. Debio de haber contestado la demanda mercantil y dentro del juici oponer las defensas y excepciones que la ley permite, en este caso la excepcion de no haber pactado los intereses y nombrar el perito para desvirtuar los hechos del actor.
Saludos
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