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SE PUEDE ACUSAR A LA MADRE DE SECUESTRO O SUSTRACCION DE LOS HIJOS?

  • Consulta : 226589
  • Autor : jera1957
  • Publicado : Sábado 05 de Abril de 2014 23:19 desde la IP: 190.233.84.90
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,567
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  • Autor
    Consulta

  • jera1957
    USUARIO REGISTRADO

    Por favor necesito conocer opiniones respecto al hecho que cito, saber si legalmente se puede acusar  a la madre de tres niñas de 06 años y  gemelas de 05 años, lo que pasa es que teniendo una denuncia falsa de violencia psicológica y a la vez una denuncia de tenencia solicitada por la madre sobre mis hijas, mientras estas se encontraban en trámite y sin mediar algún aviso incluso desafiando  la comunicación de la jueza de familia que llevaba el caso de que debía someterse a una evaluación psicológica ella y así mismo llevar a mis hijas para ser evaluadas, esta optó por hacer caso omiso y llevarse a mis hijas a más de 1200 km sin aviso ,ni autorización alguna policial, judicial o mía como padre de las niñas,  de esto lleva ya más de un año sin tener comunicación con mis hijas y lo que es peor es que en el transcurso de ese lapso, le fue denegada la tenencia de mis bebes y ella tiene conocimiento de la sentencia además consentida y declarada como cosa juzgada hace como 03 meses y sin embargo no da pie a torcer y no trae a mis hijas. He acudido al poder judicial para denunciar el secuestro de mis hijas pero lo insólito es que dicen que no hay secuestro de los hijos cuando quien se los lleva es uno de los padres???.Sea secuestro o Sustracción-como me dicen algunos que se denomina esto,  una forma menor de secuestro- ,acaso no puedo hacer nada? Tan solo porque dicen que son sus hijas y acaso no son también mías y más que eso ahora ella no tiene legalmente la tenencia .Necesito sus opiniones por favor, desde ya muy agradecido.¡¡¡¡ ¡¡¿Qué puedo hacer , que artículos del código civil entran a tallar o se pueden invocar?

    Esto lo escribi en marzo del presente año.

    Ahora que ya cuento con la entencia sobre la acusacion de maltratao psicologico contra la madre de mis hijas y sobre mis hijas,paso a decirles que a pesar de demostrarle hasta la saciedad con pruebas y testimoniales la jueza que vio mi caso a dos años de su inico ha sentenciado en una forma que verdaderamente no logro entender,ni en su logica juridica ,ni en la logica  sana del razonamiento.Por un lado ha sentenciado diciendo que es fundad en parte la denuncia pues si hay maltratao psicologico contra la madre y me impone medidas de no acercamiento a ella ,segundo que la envia a recibir tratamiento psicologico a ella? a mi me ordena le pague 400.00 pero lo mas inportante para mi es que non tann solo la denuncia que hizo fue desleal y cobarde sino que tambien utilizó a mis hijas tal como declara la sentencia diciendo que no hubo ni existio maltratao psicologico mio contra mis hijas y que mas bien excistió una manipulacion de parte de la madre para hacerme parecer como un padre violento y asi alejarme de mis hijas,lo que se sustenta en la negatuiva de hacer que se evalue a mis hijas y que hace presumir la existencia de Aliebnacion Parental,pero lo que considero inexplicable es que a pesar de haberle demostrado que se llevó a mis hijas a mas de 1200 km de distan cia de donde yo resido,eso ni lo tomó en cuenta,ni siquiera tampocom la ccion vedada de utilizar a mis hijas para alejarme 02 años de ellas y mantenerme sin contacto alguno con ellas desde ahcen 415 dias.

    Agradecere sus opiniones.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 352060

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    a ver... el juez... solo puede dictar sentencia sobre la demanda y la contestacion de la demanda y no sobre hechos que se hubieran dado posteriormente... el dictado es correcto y nada tiene que ver con el hecho de que posteriormente a los dictados provisionales... la madre migro... y ahora permanece fuera de tu alcance .... lo que no dices... es... a que se condeno en la sentencia... si se te concedio la guarda y cuatodia a ti... tu abogado sabe que hacer... como ejecutar la sentencia... pero... este se hara por medio de exhorto y deneras acompañar a tu abogado a recoger a tus hijos... de manos de una actuario ejecutor... pero... si al contestar la demanda... no promovista el cambio de guarda y cuatodia,,, no hay nada que hacer... y deberas... hacer nuevo juicio alrededor de la sentencia concedida a tu favor y con los elementos del proceso original acontecido... lo que debera recqer en la norificacion de la madre... y claro... al saberse demandada... volvera a migrar... y nada lo puede impedir... ya que los hijos estan a su cuidado... mientras el juez no dicte algo a tu favor...y claro... no hay delito... estan bajo el cuidado de la madre... quien originalmente tuvo y tiene por ley la guarda y custodia de los menores de 12 años... si se te condeno al pago de pension... debes consignarla en el juzgado y no dejar de darla... porque darias pie al incumplimiento de la obligacon de asistencia familiar... y serias tu ... indudablemente quien pisaria la carcel...





  • Autor
    Respuesta No: 352063

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    son iguales ante la ley...no biológicamente y menos aun... mentalmente... lo importante es entender... que lo enjuiciado... es respecto de una cosa... y que la situación cambio en forma física y no legal... durante el curso de ese juicio...





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