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¿SE TOMAN EN CONSIDERACIóN LAS HORAS Y MINUTOS PARA LOS TéRMINOS JUDICIALES?

  • Consulta : 224257
  • Autor : impacto
  • Publicado : Miércoles 12 de Marzo de 2014 10:46 desde la IP: 189.146.57.136
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,614
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  • Autor
    Consulta

  • impacto
    USUARIO REGISTRADO

    Mi pregunta es si se toman en cuenta las horas y minutos para que venza el término de contestación, por ejemplo, si se me notificó personalmente el día 18 de febrero a la 1.30 de la tarde, me dicen que surte sus efectos desde ese momento, pero el término entonces para contestar, ¿comienza a correr al día siguiente a la 1.30 de la tarde, y tendría hasta el día de hoy a la 1.30 de la tarde para dar contestación?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 344124

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    Si se le notifica el lunes 10 por ejemplo a la 1 pm, surte sus efectos el martes 11 y comienza a contar el miercoles 12 el primer dia... y asi sucesivamente ya sea que le hayan dado 3 días o 9 días pero no es por horas... suponiendo que hoy sea el ultimo dia puede usted presentar su escrito en oficialia de partes hasta antes de las 12 de la noche



  • Autor
    Respuesta No: 344184

  • grobertomp3
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Los términos comienzan a correr a partir de cuando la ley que rige el acto en materia procesal lo indique a veces a partir del siguiente en que se notifica, a veces a los dos días como en materia de amparo, pero en días completos laborables, es decir si te notifican hoy a las tres de la tarde término de tres días puedes entregar hasta la hora del cierre de la oficina si es de 8 a 3 pm a esa hora, yo tuve un asunto donde mi contraparte entrego y anotaron 3:02 pm, con eso gane el asunto pues estaba fuera de horario de oficina, en materia de amparo podrias entregar 11:59 pm en la oficialia común sin problemas. Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 344187

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es mejor que usted le comente a su abogado... pues contrario a lo que señala el colega, la oficialía de partes recibe y la ley marca DIAS no horas... sin embargo segun su experiencia asi le paso... podre yo señalar que yo he ganado otras defendiendo mi argumento... pero aqui no es quien miente o quien dice la verdad... por ello que sea su abogado el que determine aunque mi consejo personal es NO ESPERE HASTA EL ULTIMO SEGUNDO si la contestacion esta lista... presentela YA





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