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DERECHO DE CONVIVENCIA
- Consulta : 219907
- Autor : guillermo_millan_NR
- Publicado : Martes 28 de Enero de 2014 16:52 desde la IP: 201.202.204.34
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 28 de Enero de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas tardes,
La novia de mi hijo quedó embarazada y el niño ya nació. Ambos son mayores de edad. Mi hijo no trabaja y sigue viviendo con nosotros. Ella vive aparte y trabaja, aunque pierde el trabajo muy facilmente.
El niño vive con nosotros también y lo cuida tanto mi hijo como una de mis hermanas que no trabaja. Adicionalmente, la casa pertenece a otra de mis hermanas que vive ahí mismo aunque ella sí trabaja en forma regular.
La pregunta es la siguiente: la novia de mi hijo ha empezado a quedarse en la casa con permiso de mi hijo (aunque no es su casa oficialmente). No nos gusta mucho la idea pero si conversamos con ella para que se quede a vivir ahí, ¿ella adquiere en algún momento algún tipo de derecho sobre la casa y/o sobre los ingresos de quienes sí trabajamos ahí?, ¿cuáles serían los derechos de mi hijo si al decirle que se vaya, ella decide irse y llevarse al niño?
Gracias por su apoyo
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 338517
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Fecha de respuesta: Martes 28 de Enero de 2014 17:12 2014-01-28 17:12 desde IP: 148.246.98.36
QUE TAL…
En cuanto a los derechos relativos al uso y habitación, estos son por naturaleza gratuitos, y son puestos a disposición a través de la expresión de la voluntad del dueño del espacio, en su momento podrán terminar si así lo expresa el dueño. Por otro lado los ingresos de quienes viven ahí no pueden ser “usados” por esta persona, so pena de que sea denunciada por robo por parte de las personas afectadas directamente. Aunque en cierto momento, si ella y su hijo no tienen modo de proveerse de alimentos y se demuestra que le padre no cuenta con los medios, recordemos que la pensión alimenticia es subsidiaria (obliga a otros), por lo que a resultas de un juicio sobre la materia, la chica si puede embargar u obligar al pago de alimentos a los familiares de su hijo. Por ultimo, la guarda y custodia de acuerdo al criterio de la SCJN, es un tema que debe ser abordado de manera integral por el juzgador, quien no tenga la guarda y custodia, le asiste el derecho de visita.
Para cualquier comentario les dejo mi correo: "lic_avila01">lic_avila01 (guion bajo) o bien comuníquense a la línea 4314-3308. MUCHA SUERTE
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