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CUIDODO DE NIñA
- Consulta : 217365
- Autor : mariafg_NR
- Publicado : Domingo 29 de Diciembre de 2013 17:55 desde la IP: 201.141.232.31
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,488
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 29 de Diciembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 336673
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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Diciembre de 2013 21:22 2013-12-29 21:22 desde IP: 201.141.111.241
¿A qué se refiere con custodia? Como niñera debe firmar un contrato de prestación de servicios profesionales en donde se señale los horarios en que cuidará a la menor y entregará a los padres así como los honorarios que recibirá por el servicio. Si se refiere a que le "regalan" a la menor, le "transfieren" la guarda y custodia, le "regalan" la patria potestad, ni se meta porque estaría incurriendo es posibles delitos. La patria potestad no es un derecho que se pueda transmitir por voluntad, la patria potestad es una obligación y por lo tanto es irrenunciable e intrasferible.
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