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EMBARGO NO INSCRITO
- Consulta : 216322
- Autor : Danieluchis
- Publicado : Jueves 12 de Diciembre de 2013 15:04 desde la IP: 187.204.153.228
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,623
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 12 de Diciembre de 2013
Buenas tardes licenciados:
Mi padre me donó a titulo gratuito una propiedad en 2007, poseo las escrituras pasadas ante la fé de un notario público.
Sin embargo no tenía conocimiento (hasta hace poco y de una manera no agradable al querer darse un remate de mis bienes). Que habia un embargo sobre la propiedad desde 2006 pero dicho embargo no fué inscrito en el registro público de la propiedad, razón por la cual se pudieron hacer las escrituras.
¿Es posible pedir la caducidad del embargo y liberar mis bienes o que puedo hacer al respecto para recuperar mis bienes?
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 335119
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Diciembre de 2013 19:28 2013-12-12 19:28 desde IP: 187.201.125.66
La caducidad delembargo???, debemos saber con exactitud de que juicio se libró el embargo.
Si el embargo fue trabado en 2006 como usted dice, y el cambio de propiedad se dió en 2007, esa transmición está afectada de nulidad, pues existe la presunción de que se transmitió la propiedad para evadir el cobro que se pretende con el embargo; incluso puede resultar un acto fraudulento.
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Autor
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AutorRespuesta No: 335576
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Diciembre de 2013 20:45 2013-12-16 20:45 desde IP: 187.204.153.228
Buen día licenciado.
Se derivó de un juicio laboral donde mi padre es codemandado injustamente, pues nunca le dieron la oportunidad de defenderse adecuadamente ya que el sufre de un padecimiento donde se dan episodios de alteración psiquica además de que fué presentado a la junta de CyA con engaños por el demandado para la audiencia trifásica.
Gracias por su tiempo y opinión
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Autor
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AutorRespuesta No: 335584
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Diciembre de 2013 21:34 2013-12-16 21:34 desde IP: 189.137.166.173
De acuerdo a los tiempos de un hecho y otro, es posible que proceda la prescripción, se tiene que revisar minuciosamente su caso para poder darle una asesoría precisa. Si deja esta consulta de esa manera, las respuestas serán acertadas en todo momento, así como imprecisas por no aportar mayor información. Comuníquese o acuda directamente con el abogado que usted prefiera para que le asesore con la documentación visible. Actúe lo mas pronto posible.
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Autor
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AutorRespuesta No: 335598
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Diciembre de 2013 02:54 2013-12-17 02:54 desde IP: 189.195.36.68
ESTIMADO CONSULTANTE; BUENAS NOCHES; ANTES DE ACUDIR A DORMIR ME PERMITO ENVIAR AFECTUOSO SALUDO Y LA ORIENTACION PROFESIONAL NECESARIA AL CASO QUE EXPRESA:
PRIMERO.- DEJEME DECIRLE QUE LOS EMBARGOS LABORALES Y DE ALIMENTOS SON PREFERENTES A TODO EMBARGO DISTINTO ES DECIR SON EMBARGOS DE PRIMER ORDEN PARA GARANTIZAR UN PAGO DE TALES CONCEPTOS.
SEGUNDO.- SI EL EMBARGO NO SE INSCRIBIO NO AFECTA SU ESCRITURA POR SI MISMO PERO PUEDEN SER OBJETO DE UNA DEMANDA DE NULIDAD Y SE PUEDE RESPONSABILIZAR DE FRAUDE A SU PADRE O INCLUSO A USTED, PERO PARA QUE ELLO OCURRA, PRIMERO DEBE EXISTIR UNA DENUNCIA PENAL O QUERELLA, O BIEN ABRIRSE UN INCIDENTE CRIMINAL EN EL JUICIO LABORAL DONDE SE EJECUTO EL EMBARGO Y ASI MISMO QUE EXISTA UNA SENTENCIA CONDENATORIA POR EL DELITO DE FRAUDE PROCESAL EN PERJUICIO DE SU PAPA O INCLUSO DE USTED, AHORA DE QUE PROCEDA ES OTRA COSA ES DECIR NO NECESARIAMENTE PROCEDE EL FRAUDE PUEDE EXISTIR PRESCRIPCION POR QUE TRANSCURRIO EL TIEMPO QUE LA LEY ESTABLECE PARA DENUNCIAR O QUERELLARSE O APERTURAR EL INCIDENTE CRIMINAL EN CONTRA DE SU PAPA.
TERCERO.- POR OTRA PARTE USTED, DEBE ASESORARSE ADECUADAMENTE Y CHECAR CUAL ES EL ESTADO PROCESAL DEL JUICIO LABORAL PARA VERIFICAR SI SE ACTUALIZA ALGUNA CAUSA DE CADUCIDAD, PRESCRIPCION EN MATERIA LABORAL, QUE LE PERMITA SOLICITAR UNA U OTRA Y QUE ASI SE DETERMINE Y COMO CONSECUENCIA DE ELLO QUEDARA FIRME SU ESCRITURA Y NO PODRA SER DENUNCIADO DE FRAUDE PROCESAL, TODA VEZ QUE NO SABEMOS SI HAY COSA JUZGADA O QUE ETAPA DEL JUICIO GUARDA EL EXPEDIENTE.
POR LO ANTERIOR SIRVASE DAR LOS PASOS Y QUE LA ORIENTACION LE PERMITA INFORMARSE Y SABER QUE SE REQUIERE CHECAR EL EXPEDIENTE LABORAL DE SU PAPA Y ACUDIR CON UN ABOGADO RECOMENDADO EN MATERIA LABORAL O LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO.
MUY ATENTAMENTE
RAUL CHAVEZ
ABOGADO
CEDULA 3220891
UNIVERSIDAD DE SONORA.
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Autor