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EMBARGO DE PROPIEDAD DE AVAL POR RENTA DE CASA

  • Consulta : 213969
  • Autor : luisfrancisco.ortiz_NR
  • Publicado : Jueves 14 de Noviembre de 2013 19:22 desde la IP: 189.179.158.62
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,493
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  • Autor
    Consulta

  • luisfrancisco.ortiz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buen dia,

    Quisiera consultarles algo muy importante y urgente, yo rente una casa hace 2 años y medio, en la firma de contrato quedo como aval una casa de unos familiares, al principio del primer año tuve problemas economicos y deje de pagar unos meses, despues fui poniendome al corriente, de pronto mis arrendadores dejaron de presentarse a cobrar pues tuvieron problemas legales (por otra causa diferente), obviamente ya no hubo pago de renta, ahora de repente me aparecen con una demanda por falta de pago de rentas, incluyendo las ya pagadas pero de las cuales no tengo comprobante de pago, me demandan a un servidor y a mis familiares que fungen como avales, pueden hacer valer un embargo de la casa que se quedo como aval? que puedo hacer? que me recomiendan? por favor denme un consejo pues no cuento con dinero suficiente para pagar un abogado pero estoy muy preocupado por la situacion con la casa de mis familiares

     

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  • Autor
    Respuesta No: 332108

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Esta situación se puede tornar complicada si es que decide no contar con abogado, ya que la casa de sus avales está en riesgo, lo mejor en todo caso es que se acerque con los arrendadores y trate de llegar a un acuerd o en el juzgado. 



  • Autor
    Respuesta No: 332111

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Efectivamente, como lo señala el Licenciado González, la casa de sus familiares se encuentra en riesgo, toda vez que si al dictarse sentencia, lo condenan a usted y su fiador al pago de las pensiones rentísticas por las que se le demanda, y no efectúan dicho pago, el actor, en ejecución de sentencia, pueda llegar inclusive a solicitar al Juez que, previos los trámites correspondientes, se remate el inmueble, dado que fue señalado para garantizar precisamente lo reclamado.

    Si no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado, ello no es causa para que deje de contestar la demanda, opóner excepciones y dfensas y ofrecer pruebas para acreditarlas, sobre todo, porque no solamente con los recibos correspondientes podrá demostrar las pensiones que pagó, pues tal extremo puede justificarse con cualesquiera de los medios probatorios permitidos por la ley procesal civil.

    Acuda al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, justificando su imposibilidad para contratar a un abogado particular y le asignarán, gratuitamente, uno de oficio; pero hágalo ya, porque le está corriendo el término para contestar la demanda, lo mismo que a su fiador.



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