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COMO GRANTIZAR PENCION ALIMENTICIA

  • Consulta : 213721
  • Autor : fertifolia_NR
  • Publicado : Martes 12 de Noviembre de 2013 17:13 desde la IP: 201.102.29.185
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,491
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  • Autor
    Consulta

  • fertifolia_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola.

    Me estoy divorciando por mutua acuerdo y en el mismo se establece  una pension alimenticia para la menor de mis dos hijos ya que el mayor tiene 18 años ,la pension es de 15,000.00 y se pretmdio garantizar con pagares, cosa que en las observaciones se indica que no prosede que otro medio puedo utilizar que no sea la fianza ya que es muy costosa , y la voluntad es de cubrir las mensualidades asi acordadas, que me suguieren.

     

    gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 331917

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el codigo civil es muy claro al respecto...alguna propiedad q tenga?...embargo al salario??? en fin su abogado es quien debe decirte como garantizar la pension alimenticia pero aguas con el convenio porq si su hijo a pesar de q tiene 18 año si sigueestudiando y la edad va acorde sus estudios tambien puede demandarle pension alimenticia porq es su derecho



  • Autor
    Respuesta No: 331922

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    segun el codigo estas son las formas de garantizar los alimentos

    Aseguramiento para cubrir alimentos 
     
    Artículo 4.143.- El aseguramiento podrá consistir en hipoteca, prenda, fianza, depósito o cualquier 
    otra forma de garantía suficiente que a juicio del juez, sea bastante para cubrir los alimentos



  • Autor
    Respuesta No: 331965

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    FIANZA , PRENDA, HIPOTECA, nada mas, en todo caso a criterio del juez puede ser deposito bancario suficiente para garatntizar un año de pensiones alimenticias en este caso el que juez ordenara se gire oficio a la institucion bancaria para que congele dicho saldo y en caso de incumplimiento por parte del deudor alimentista se ponga a disposicion de los acreedores alimentistas dicha cantidad. 



  • Autor
    Respuesta No: 331967

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para concluir mi participacion los titulos de credito denominados PAGARES ya no son idoneos para garantizar la pension alimenticia por criterios recientes  de la SCJN 



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