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LOPEZ
- Consulta : 209683
- Autor : lara.55_NR
- Publicado : Lunes 30 de Septiembre de 2013 16:20 desde la IP: 187.191.0.133
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,498
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 30 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327383
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Septiembre de 2013 18:18 2013-09-30 18:18 desde IP: 187.208.49.211
civilmente no se te puede obligar pero penalmente si y estas son las dos vias en q una mujer puede hacer valer la pension alimenticia, dices estar separado esperate a la demanda de pension alimenticia para ver a q te condena el juez
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Autor
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AutorRespuesta No: 327396
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Septiembre de 2013 18:57 2013-09-30 18:57 desde IP: 201.141.11.204
Lo mas aconsejable es que en la medida de sus posibilidades de algo de pensión para el sostenimiento de sus hijos, ya que es su obligación, y asi puede minimizar la posibilidad de demanda o denuncia por falta de cumplimiento de la pensión alimenticia.
Aunque si usted renunció a su trabajo para no dar pensión podría configuarse un delito, así que mucho ojo.
Saludos
Lic. Elizabeth López
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