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SOY MEXICANO O NO?

  • Consulta : 209110
  • Autor : Hectorrodriguez
  • Publicado : Lunes 23 de Septiembre de 2013 22:28 desde la IP: 108.90.224.215
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,482
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  • Autor
    Consulta

  • Hectorrodriguez
    USUARIO REGISTRADO

    Buen dia.

    Yo naci, segun mi madre, en Momax, Zacatecas en el 1973. Mi madre Mexicana de 18 años de edad, se vino a los Estados Unidos sin registrarme en Mexico. Despues de 40 años de tener una vida en los Estados Unidos estoy pensando ver como, si hay manera, de recuperar mi nacionalidad. Se puede? Que hago? Qualquier respuesta se agradese.

    Atte.

    Hector 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 326718

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    Obtener el reconocimiento de la ciudadania por nacimiento NO SERA POSIBLE (Art. 30 fracción I constitucion) pues dado el tiempo que ha transcurrido ya no hay constancias ni nada que avale el nacimiento.

    Claro...usted conoce nuestro pais... :( siempre habra malos profesionistas y pesimos servidores publicos que se prestan para hacer triquiñuelas por unos pesos... pero en teoria NO DEBIERE PODER HACER ESO

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 326721

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ooo perdon olvide... dando respuesta a su pregunta ..NO NO ES USTED MEXICANO. La nacionalidad Mexicana se demuestra en terminos del articulo 3 de la Ley de nacionalidad entre otras constancias CON EL ACTA DE NACIMIENTO si usted es carente de ella luego entonces NO ES MEXICANO.

    Si suponiendo y sin conceder usted pudiere demostrar con documentales que su señora madre fue atendida de parto hace 25 años en la clinica IMSS numero tal por ejemplo y firma el pediatra, TENDRÁ DERECHO A LA NACIONALIDAD MEXICANA sin embargo la nacionalidad misma la obtendrá una vez que cuente con su acta de nacimiento

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 326723

  • ALFONSO ROBLES
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, yo considero que si es mexicano, y si puede regstrarlo en Mexico

    Desde luego que son mexicanos,  no solo los nacidos aqui, sino tambien que la madre o el padre sean mexicanos.

    Debe de realizar el tramite de inscirpcion de su acta de nacimiento de EEUU en el registro civil que corresponda en Mexico.



  • Autor
    Respuesta No: 326737

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Ambo mestros que me preceden tienen razón; La Constitución reconoce dos sistemas de adquisición de la nacionalidad; el jus soli.... Del suelo de nacimiento, y le jus sanguini.. De la nacionalidad de los progenitores....

    En consecuencia, aparentemente el mas fácil para el solicitante tramitar su reconocimeinto de calidad de MEXICANO ateniéndose al JUS SANGUINI, probando la filiación con su madre mexicana, que con el jus SOLI, ya que parece no haber pruebas de su nacimiento en territorio nacional y si, por el contrrario, debe haber una acta de nacimiento en el extranjero:

    El funddamento constitucional esta

     

    .Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.

    A) Son mexicanos por nacimiento:

    I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.

    II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional;.

    Creo que con eso, puede acudir al Consulado de México en el domicilio donde resida (en el extranjero claro) y ahí le orientarán de como regularizar su situación, finalmente será reconocido como ciudadano mexicano por nacimiento y eso es lo que importa y busca ¿no?

    Es un gusto ayudar, desde MEXICOLEGAL!.........



  • Autor
    Respuesta No: 326745

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mi estimado Colega Alfonso.

    Sin el animus de intentar ofender al ir en contra de su amable comentario solo me permitire cuestionar lo siguiente:

     

    Una cosa es TENER derecho a la nacionalidad Méxicana.... otra muy distinta SER MEXICANO. y pregunto... como acredita usted la nacionalidad Méxicana?

    Articulo 3 de la Ley de Nacionalidad dice

     

    Artículo 3o.- Son documentos probatorios de la nacionalidad mexicana, cualquiera de los siguientes:

    I. El acta de nacimiento expedida conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables;

    II. El certificado de nacionalidad mexicana, el cual se expedirá a petición de parte, exclusivamente para los efectos de los artículos 16 y 17 de esta Ley;

    III. La carta de naturalización;

    VI. La matrícula consular

    A contrario sensu mi estimado colega.... A FALTA DE CUALESQUIERA DE ESTOS DOCUMENTOS no tiene para probar que es Méxicano.  Por ello repito.... si es hijo de padres Mexicanos (Para eso debe acreditar que su señora madre lo parió la fecha que dice haberlo hecho y en el hospital o con el profesional de la salud que le atendio) para que haya un vinculo entre el consultante y quien dice ser su madre y ésta... tener acta de nacimiento Méxicana para que TENGA DERECHO A LA NACIONALIDAD MEXICANA pero mientras no se registre (donde debe aportar la constancia de alumbramiento) NO ES MEXICANO en terminos de ese articulo 3 de la Ley de Nacionalidad. Un Japones, suizo o aleman pueden decir YO SOY MEXICANO pero hay un dicho muy cierto... PAPELITO HABLA ... y los papelitos que acreditan la nacionalidad de una persona los contempla ese articulo 3 de la ley de nacionalidad a falta de cualesquiera de ellos... no puede probar que es Mexicano... estamos?mo segundo punto señala usted .. que debe realizar el tramite de inscripcion de su acta de nacimiento de EU en el registro civil mexicano... a ese tramite se le llama INSERCION DE ACTA EXTRANJERA sin embargo el usuario no ha señalado que tenga acta de EU como seguramente no la tiene porque EL NO NACE EN EU sino en México solo que no tiene registro. Por lo que la recomendacion de llevar a cabo su insercion sale sobrando porque salvo que él señale otra cosa esto es que cuenta con acta de nacimiento de EU (Falsa u obtenida de manera ilegal porque repito el señala haber nacido en México) y si en ese documento figura el nombre de la madre SOLO ENTONCES podra hacer la insercion y hasta entonces podra decir usted QUE ES MEXICANO.MI estimado amigo Calva Triste reciba usted saludos afectuosos.



  • Autor
    Respuesta No: 326747

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mi estimado amigo Calva Triste.

    Es cierto que el articulo 30 constitucional señala que son Mexicanos por nacimiento los que nacen en territorio nacional... PERO QUE PUEDAN PROBAR HABERLO HECHO..... cualquier persona puede decir haber nacido aqui y no por ese hecho se llevara a cabo su registro.

    Requiere un documento al cual llamamos Constancia de alumbramiento que señale que el consultante nace en el lugar que dice haber nacido la fecha y el nombre de su madre... es el clasico papel donde los hospitales o parteras ponen la huella del bebe. Sin ese documento NO PUEDE PROBAR que nacio en México.... en consecuencia... aunque la constitucion en el articulo 30 diga que son Méxicanos los que nacen en territorio Méxicano... si no tiene con que probar que NACE AQUI... se convierte en letra muerta.... por ello en mi primer participacion señalo... que en méxico todo se puede si lamentablemente consigue malos profesionistas y peores funcionarios publicos que puedan elaborarle una constancia donde él nace aqui... pero en estos momentos NO PUEDE hacerlo y el articulo 30 SE CONVIERTE EN LETRA MUERTA



  • Autor
    Respuesta No: 326752

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Coincido con el comentario que hace el colega ALFONSO ROBLES, que aun el consultante haya nacido en el extranjero y es hijo de padre o madre mexicano se le otorga la Nacionaldiad de Sangre, solo que tiene que ralizar ciertos tramites para 



  • Autor
    Respuesta No: 326753

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bien señor consultante ... las cartas estan sobre la mesa.... los compañeros comentan que USTED es Méxicano ... incluso que haga su inserción de acta extranjera (cosa totalmente diferente a su pregunta)

    Yo no voy a opinar mas al respecto para que no se piense que mi interes es despretigiar o ir en contra de los comentarios de los amigos que acaban de exponer.... solo cerrare comentario diciendole... TIENE DERECHO A LA NACIONALIDAD MEXICANA ..... mientras no acredite haber nacido en territorio Méxicano (Constancia de alumbramiento) USTED NO PODRA REGISTRARSE y no podrá tener acta de nacimiento que le acredite NACIONALIDAD MEXICANA.

    Bueno... repito... no podrá hacerlo de manera LEGAL..... ilegal pues para que comentamos

    Saludos y suerte con su tramite



  • Autor
    Respuesta No: 326754

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    cnseguir la Nacionalidad en comento. Para ello debe demostrarlo con el Acta de nacimiento de sus padres.

    La nacionalidad Mexicana es irrenuciable e inpreible y solo se pierde por los motivos señaladados en al atriculo 37 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:

    Artículo 37.
    A) Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad.
    B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes casos:
    I. Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier
    instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero, o por aceptar o usar títulos
    nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado extranjero, y
    II. Por residir durante cinco años continuos en el extranjero.
    C) La ciudadanía mexicana se pierde:
    I. Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros;
    II. Por prestar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero sin permiso del Congreso
    Federal o de su Comisión Permanente;
    III. Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Congreso Federal o de su
    Comisión Permanente;
    IV. Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previa licencia del Congreso Federal o
    de su Comisión Permanente, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden
    aceptarse libremente;Artículo 37.
    A) Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad.
    B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes casos:
    I. Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier
    instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero, o por aceptar o usar títulos
    nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado extranjero, y
    II. Por residir durante cinco años continuos en el extranjero.
    C) La ciudadanía mexicana se pierde:
    I. Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros;
    II. Por prestar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero sin permiso del Congreso
    Federal o de su Comisión Permanente;
    III. Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Congreso Federal o de su
    Comisión Permanente;
    IV. Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previa licencia del Congreso Federal o
    de su Comisión Permanente, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden
    aceptarse libremente;
    V. Por ayudar, en contra de la Nación, a un extranjero, o a un gobierno extranjero, en cualquier
    reclamación diplomática o ante un tribunal internacional, y
    VI. En los demás casos que fijan las leyes.
    En el caso de las fracciones II a IV de este apartado, el Congreso de la Unión establecerá en la ley
    reglamentaria respectiva, los casos de excepción en los cuales los permisos y licencias se entenderán
    otorgados, una vez transcurrido el plazo que la propia ley señale, con la sola presentación de la solicitud
    del interesado.
     
    Saludos.
    37.
    A) Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad.
    B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes casos:
    I. Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier
    instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero, o por aceptar o usar títulos
    nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado extranjero, y
    II. Por residir durante cinco años continuos en el extranjero.
    C) La ciudadanía mexicana se pierde:
    I. Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros;
    II. Por prestar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero sin permiso del Congreso
    Federal o de su Comisión Permanente;
    III. Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Congreso Federal o de su
    Comisión Permanente;
    IV. Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previa licencia del Congreso Federal o
    de su Comisión Permanente, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden
    aceptarse libremente;
    37.
    A) Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad.
    B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes casos:
    I. Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier
    instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero, o por aceptar o usar títulos
    nobiliarios que impliquen sumisión a un Estado extranjero, y
    II. Por residir durante cinco años continuos en el extranjero.
    C) La ciudadanía mexicana se pierde:
    I. Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros;
    II. Por prestar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero sin permiso del Congreso
    Federal o de su Comisión Permanente;
    III. Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Congreso Federal o de su
    Comisión Permanente;
    IV. Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previa licencia del Congreso Federal o
    de su Comisión Permanente, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden
    aceptarse libremente;



  • Autor
    Respuesta No: 326758

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    coincido con el lic. omar ulloa el consultante quiere saber si es mexicano o no y legalmente no lo es q si puede obtener su nacionalidad la  puede......



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