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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 203776
- Autor : lucindafm_NR
- Publicado : Sábado 20 de Julio de 2013 10:06 desde la IP: 177.225.206.212
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,612
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 20 de Julio de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 321693
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Julio de 2013 12:57 2013-07-20 12:57 desde IP: 201.110.65.38
Si la niña esta registrada a su nombre si es procedente si no lo esta deben de tramitar un jucio de reconocimiento de paternidad primero.
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Autor
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AutorRespuesta No: 321702
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Julio de 2013 15:18 2013-07-20 15:18 desde IP: 189.234.197.102
Si es su hija.... Si la reconoció en el registro civil... Si claro que es viable y legal....
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Autor