Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

TESTAMENTO

  • Consulta : 200707
  • Autor : ny_garcia_NR
  • Publicado : Viernes 14 de Junio de 2013 09:33 desde la IP: 108.205.20.134
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,609
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • ny_garcia_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    Tengo una pregunta mi papa murio hace 5 anos antes que el murio el me dijo que lo que tenia iba a ser para mi y se mi iba a entregar a los 18 anos pero su familia de el no me a entrgado nada quiro saber donde puedo busacar y saber si dejo algo o que puedo hacer

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 318856

  • Victormiaz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenos dias

     

    Puedes iniciar el juicio sucesorio, llamando a todos los familiares de tu papa y a todos los que se crean con derecho a heredar o sean acreedores. Esto conforme a las leyes vigentes en Michoacan. Se solicita que el Registo Publico de la Propiedad informe sobre los bienes que esten inscritos a nombre del autor de la herencia y se solicita que el Archivo de Notarias informe si dejo testamento y de ser asi se sigue tramitando cpnforme a la disposicion intestamentaria. 

     

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 318861

  • bfyp
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Acude con un abogado de tu localidad para que demande petición de herencia, se harán las investigaciones legales correspondientes y si dentro de ellas aparece un testamento que te beneficie, obtendrás lo que requieres, en caso contrario, los que acrediten mejor o igual derecho serán beneficiados de la masa hereditaria.



  • Autor
    Respuesta No: 318865

  • expediente06
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado amigo, la ley del estado de puebla dice que el orden de los sucesores del de cujus es, el conyuge superstite 50% y si hay hijos 50%, si no hay hijos el conyuge heredaria el 100%, si no hay conyuge los hijos heredarian el 100%, si no hay ni conyuge ni hijos, heredarian los padres del de cujus y si no hay padres entonces heredarian los hermanos de este. Yo le sugiero denuncie usted la sucesion inetstamentaria a bienes de su padre, solcitando se le nombre albacea provisional y pueda usted demandar el juicio reivindicatorio a estas personas. Ahora si estas ya presentaron una sucesion intestamentario a bienes del padre de usted, ahora si puede promover el incidente de peticion de herencia. Si ya se termino el juicio sucesorio y ya se realizo la aplicacion de bienes a favor de estas personas presente un amparo indirecto. espero le ayude mi asesoria 



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión