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NOTIFICACION ILEGAL

  • Consulta : 199455
  • Autor : SEGUNDO MARKEZ
  • Publicado : Lunes 03 de Junio de 2013 12:14 desde la IP: 189.209.130.18
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
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  • Autor
    Consulta

  • SEGUNDO MARKEZ
    ESTUDIANTE

    Buenos días, soy estudiante de la carrera de derecho y mi consulta es la siguiente:

    Referencia: Ixtapaluca, Estado de México.

    Tengo un primo que se dedica a la albañileria, tuvo un problema con un cliente, quien interpuso una queja ante la PROFECO por no cumplir con las condiciones pactadas; después de no llegar a una conciliación, a mi primo le imponen una multa de "40 mil pesos", cabe señalar que en la resolución emitida por la PROFECO hay muchas irregularidades, pero por el momento lo importante es que mi primo no tuvo conocimiento de la NOTIFICACIÓN DE DICHA RESOLUCION DE FECHA 8 DE FEBRERO DE 2013, dejándolo en estado de indefensión; el día 29 de Junio del año en curso le llevan esta resolución por parte de la Tesorería de Ixtapaluca y le dicen que tiene 45 días para pagar la multa.

    Es impotante mencionar que el notificador "según su dicho" dejo citatorio e instructivo, pero el día que se presento señala que se entrevisto con una persona del sexo femenino quien no quiso dar su nombre y quien no quiso recibir la resolución (en ambos días, citatorio e instructivo), no aportando más elementos de convicción para reafirmar su dicho.

    Mi pregunta es: ¿es procedente tramitar un amparo indirecto en contra de la notificación, para después poder interponer el recurso de revisión, toda vez que ya se le pasaron todos los términos?

    Saludos.

     

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