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JUICIO INTESTAMENTARIO
- Consulta : 195842
- Autor : imelda_2611_NR
- Publicado : Miércoles 01 de Mayo de 2013 00:23 desde la IP: 200.56.6.173
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 01 de Mayo de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 315364
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Mayo de 2013 00:41 2013-05-01 00:41 desde IP: 201.141.99.239
Primero habla de un intestamentario y después menciona que es intestamentario, por lo que no es clara su consulta. Sin embargo, si Usted cedió sus derechos ante el Juez de lo Familiar y posteriormente ratificó esa cesión, ya nada puede hacer.
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