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YA PUEDO FIRMAR COMO ARQUITECTO?
- Consulta : 195841
- Autor : angeljaht
- Publicado : Miércoles 01 de Mayo de 2013 00:21 desde la IP: 187.142.37.76
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 01 de Mayo de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 315362
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Mayo de 2013 00:36 2013-05-01 00:36 desde IP: 201.141.115.111
Evidentemente no. El hecho de que sea arquitecto o ingeniero, no significa que pueda firmar como DRO que es lo que le están solicitando. De la misma manera en que una persona que hable otro o varios idiomas, no puede ser perito traductor ante el Tribunal Superior de Justicia de algún Estado, Usted por el hecho de tener cédula de Arquitecto no significa que pueda ser DRO. Anexo los requisitos mínimos para Pueblétaro, imágínese lo que necesita para el Estado de México o el D.F.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO COMO DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA POR PARTE DEL COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DEL ESTADO DE PUEBLETARO.
PARA EL REFRENDO ANUAL CUANDO YA SE CUENTA CON REGISTRO COMO DRO:
1. Encontrarse inscrito y al corriente en las cuotas y aportaciones al colegio durante los dos últimos años anteriores al que corresponde el refrendo.
2. No haber sido suspendido en sus derechos legales por instituciones Gubernamentales o en sus derechos de colegiado por el comité de Honor y Justicia del Mismo.
3. Inscribirse y asistir cuando menos a un curso de actualización profesional con duración de 20 horas o más.
1. En el mes de Diciembre de cada año la comisión de DRO’S enviará a las oficinas del colegio la lista de los miembros que al pagar su anualidad para el siguiente año sus credenciales deberán indicar su vigencia de DRO, así mismo se enviará la lista a los municipios para su registro y control. Firma de Aceptación y compromiso de Cumplimiento del Reglamento de DRO’s del CICQ.
PARA EL INGRESO AL PADRON DE DRO:
2. Contar con cédula profesional cuya fecha de expedición al 1 de enero del año en que se desea registrar cuente con una antigüedad de 3 años.
3. No haber sido suspendido en sus derechos legales por instituciones Gubernamentales o en sus derechos de colegiado por el comité de Honor y Justicia del Mismo.
4. Inscribirse y asistir durante el año inmediato anterior al que se realizará el registro al curso para Nuevos DRO’s del CICQ. Este lo impartirá la comisión dos veces por año (Mayo y Noviembre).
5. Firma de Aceptación y compromiso de Cumplimiento del Reglamento de DRO’s del CICQ.
6. Estar inscrito y vigente durante para el año correspondiente al Registro.
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AutorRespuesta No: 315562
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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Mayo de 2013 23:13 2013-05-02 23:13 desde IP: 201.141.121.239
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